Las 1,390 casillas, sobre 589 secciones electorales, se distribuyen en 589 básicas, 758 contiguas, 33 extraordinarias y 10 especiales, que habrán de instalarse en la circunscripción electoral del estado de Aguascalientes.
En estas elecciones se elegirán 2,127 cargos de elección popular, a nivel nacional. En Aguascalientes, el padrón electoral consta de 847,972 electores, de los que 812,673 constan en la lista nominal, y de ellos 422,470 son mujeres y 390,203 son hombres, lo que representa una cobertura del 95.84% del electorado potencial. Del gran global de electores locales, 556,599 pertenecen al municipio de Aguascalientes.
Lo que es de llamar la atención es que la representación de militantes de partidos políticos en las casillas a ser instaladas, supera en proporción de 3 a 1 a los funcionarios designados, según anunció el vocal ejecutivo del IFE en Aguascalientes, el Ing. Ignacio Ruelas Olvera, en un evento específico convocado para entregar a representantes de los medios de comunicación un completo dossier informativo del proceso electoral a celebrarse en Aguascalientes.
De acuerdo con este señalamiento, los ciudadanos designados como funcionarios de casilla fueron 9,730 (que se distribuyen en número de 7 por casilla, 4 propietarios y 3 suplentes); de este total 9,688 ciudadanos fueron capacitados, lo que representa el 99.57%, para el manejo de la recepción y conteo de la elección. En donde, el cuadro básico de funcionarios electorales por casilla es de cuatro personas, en tanto que los representantes de partidos superan los 12 como testigos presenciales de la votación.
Además, la observación electoral autorizada para Aguascalientes por el Consejo Local tiene aprobadas 346 solicitudes de observadores electorales, los consejos distritales han aprobado 81 observadores, el Consejo General aprobó 41 solicitudes del estado de Aguascalientes; en total 279 solicitudes corresponden a ciudadanos en lo individual y 189 realizadas por agrupaciones de ciudadanos.
Estos simples datos evidencian que la jornada electoral del 1 de julio de 2012 está minuciosa y rigurosamente vigilada, como para poder invocar fraude electoral sobre el proceso de la votación ciudadana, en lo que pudiéramos llamar la gran línea de producción de votos y su conteo correspondiente.
El riesgo habría que buscarlo en otra parte, que es potencialmente en la voluntad explícita de las personas para corromper o dejarse corromper en lo que debiera ser su libre y secreta opción electora.
Esta evidencia, que pareciera de Perogrullo, me lleva a comentar la opinión vertida por un académico del CIDE en el programa Es la hora de opinar de Leo Zuckerman, este jueves pasado, según la cual, para los economistas, existe una fórmula simple para calcular la falta de fundamento racional a la hora de emitir un voto, específicamente en elecciones masivas; y la razón matemática que se esgrime es que si, por ejemplo 70 millones de electores potenciales analizaran la relevancia o mejor la diferencia cualitativa que haría su voto individual en el global electoral, resultaría que su voto tiene un peso proporcional de 7 -7, es decir 0.00000007 como suma levedad e intrascendencia de emitir su voto, que no tendría significación cuantitativa ni cualitativa alguna en el resultado final.
Y si no hay fundamento racional, los interlocutores concluyeron en que la motivación para votar en tales condiciones es de orden emocional y pasional; dado que este simple modelo de cálculo exponencial evidencia la irrelevancia de la relación costo-beneficio de un solo voto en el cómputo del resultado final. Luego, su fundamento es emotivo.
Tan sólida como pueda parecer esta conclusión matemática, para los efectos de una votación histórica, masiva, universal y secreta es falsa, porque adolece de ser una elemental falacia argumentativa. Y lo es al más puro estilo de la clásica falacia de la carrera entre la liebre y la tortuga, en donde el supuesto es que si el espacio a recorrer por la liebre se subdivide en un número exponencial de veces mayor sobre el mismo tramo a recorrer por la tortuga, entonces le tomará hipotéticamente más tiempo a aquella rebasar a la lenta tortuga. Al final, la tortuga llega más pronto a la meta y la liebre pierde la carrera.
Esta falacia obedece a la falsa distinción del término “divisibilidad” cuya naturaleza es una en el orden matemático y otra en el orden espacio-temporal; la primera es por definición a-histórica, y por tanto sin ubicación ni transcurso en el espacio y en el tiempo; en cambio, el principio de divisibilidad espacio-temporal es finita por naturaleza y determinable en razón del espacio por avanzar y del tiempo para realizarlo. Ergo, es un argumento del género por equivocidad de términos. Es decir, un mismo término se utiliza de manera equívoca, con dos significados alternos y ocultos, no se marca en el argumento el crítico salto del plano físico espacio-temporal al plano matemático, abstracto-mental-especulativo. Lo que constituye la flagrante argumentación falaz.
En conclusión, no se necesita invocar la naturaleza emotiva del elector para justificar su acto individual de votar; sino la verdad histórica simple y llana, que proyecta toda su patencia de verdad, en el principio de la jurisprudencia electoral que dice: “un ciudadano, un voto”. Lo que en cristiano significa que la suma de todos los 70 millones de votos emitidos y contados, conforman éste y no otro gran total; mismo que sin uno solo de los votos por emitir y contar no alcanzaría esta gloriosa suma esperada. Ergo, a la hora de sumar ciudadanos y votos, de carne y papeleta físicos, sí cuenta ya sea la suma o la resta relativa de todos y cada uno de ellos. Y esto es así porque el proceso electoral es uno de naturaleza social, histórica, de adiciones simples con fundamento en la realidad, cuyos procedimientos, además, son vigilados, constatados, identificados y referidos a un espacio y un tiempo estrictamente determinados.
Reitero, la confiabilidad electoral está garantizada por los procedimientos consensuados tanto política como técnicamente hablando. El riesgo de “fraude electoral”, está en otra parte, porque reside en la voluntad explícita de cada votante, como sujeto de derechos y deberes, cuya única “determinabilidad” reside en la propia conciencia individual, entiéndase racionalidad estricta para escoger, o en la opción por enajenar su opción a un interés ajeno que está cargado con una intencionalidad propia, ya sea oculta o manifiesta.