- En el nuevo Sistema de Justicia Penal adversarial hay mecanismos de reinserción
- El adolescente y el adulto pronto dispondrán de métodos de superación personal
El nuevo Sistema de Justicia Penal adversarial -los juicios orales- hace aún más obligatoria la colegiación de los abogados, dijo Miguel Ángel Juárez Frías, presidente de la Comisión de Justicia de la LXI Legislatura, al señalar que “es un tema de responsabilidad compartida”.
El legislador priísta explicó que se ignora cuántos de los más de 5 mil jurisconsultos que hay en Aguascalientes estén colegiados, sin embargo tendrán que actualizarse, ante la nueva legislación penal.
Luego de afirmar que tanto la Universidad Autónoma de Aguascalientes, como la Universidad Cuauhtémoc y otras casas de estudios superiores, cuentan ya con salas de juicios orales, Juárez Frías explicó que el nuevo Sistema de Justicia Penal “es una reformulación de nuestra concepción del derecho penal como lo conocemos, bajo la premisa de que el principio de presunción de inocencia, ahora se privilegia en este nuevo sistema”.
Añadió que los métodos o sistemas de solución de conflictos, a través de la justicia alternativa, es una prioridad en el nuevo sistema. “En la nueva Ley Orgánica del Ministerio Público ya están previstas esas disposiciones, tan sólo en este último año se resolvieron más de 5 mil asuntos bajo ese esquema de solución de conflictos, de manera armónica, pacífica, entre los involucrados en algún hecho conflictivo, con la llamada mediación”.
Mencionó que el Sistema pone al corriente a nuestro sistema penal, “en base a lo que ya había exigido en lo correspondiente para el sistema de justicia para adolescentes, donde la prioridad no es la privación de la libertad, sino la reeducación y la reinserción del menor a la comunidad, en base al proceso de atención integral: educativo, salud, capacitación, formación, trabajo; toda una serie de mecanismos que permitan reincorporar al menor al medio de manera armónica y conciliado con la propia comunidad”.
Juárez estimó que este modelo ya se tiene para el sistema de justicia para adolescentes, y se tiene que llevar desde la nueva normatividad de justicia penal adversarial, al modelo de la justicia para los adultos, el derecho penal, el punible.
Adicionalmente a la sanción que establece actualmente la ley penal, que es la privación de la libertad, el Estado tiene que establecer de manera contundente estos mecanismos adicionales para la reinserción del sujeto a la propia comunidad, prevista en el Artículo 18 de la Constitución federal.
“El fundamento de la sanción penal es la reinserción del sujeto a la comunidad. Habrá tipos penales de excepción, ésos que obviamente tendrán que recibir una sanción ejemplar para la comunidad, el sujeto responsable de hechos como secuestro, homicidios de alto impacto, dolosos, el involucramiento en la delincuencia organizada, violaciones, pero son los tipos penales más graves”.
Foto: Roberto Guerra.