- El jurista Guillermo Macías Infante exhibió inconsistencias jurídicas del Senado
- Acerca de la controversia sobre la mezquitera La Pona que quieren hacer habitacional
“Es verdaderamente alarmante… Pura grilla, en verdad, nada serio desde el punto de vista jurídico y legislativo, los llamados puntos de acuerdo no tienen sustento constitucional”, aseguró el jurista Guillermo Macías Infante.
Criticó el punto de acuerdo presentado al Congreso Estatal por el Grupo Parlamentario del PAN, “para exhortar al Gobierno del Estado a realizar la expropiación de la mezquitera La Pona”.
Se trata -dijo el abogado en sesión de trabajo de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado- “de un acto increíblemente descuidado en lo jurídico y es alarmante que una fracción parlamentaria del Congreso estatal [lo] replique y reproduzca”.
Más adelante, postuló el jurisconsulto: “el Senado de la República no tiene facultad alguna para determinar, como lo hace en su punto de acuerdo, que es necesario la protección de la zona de mezquites La Pona”.
Al emitir esa recomendación el Senado, ya no le queda otra al Gobierno del Estado más que aprobar la expropiación del predio… “esto, si es que tomáramos con seriedad jurídica este acto de auténtica grilla parlamentaria”.
Agregó: “pero eso no es lo grave. Eso puede ser peccata minuta si consideramos que lo realmente preocupante es que el Senado de la República se basó para emitir su determinación en los textos legislativos anteriores de la Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes…”.
Puntualizó en otra parte: “el punto de acuerdo del Senado, cuya réplica se promueve a nivel local por la fracción parlamentaria partidista blanquiazul, es inoperante e infundado, ya que se basa en un régimen jurídico anterior, que era distinto al actual, en el cual debe considerarse qué tipo de área protegida se constituirá y a qué autoridad corresponde su declaración”.
Consideró necesario precisar jurídicamente cuál es el régimen jurídico aplicable para La Pona y también qué autoridad es la competente: “es decir, si lo es la autoridad estatal o la municipal. Esto será sin duda un problema jurídico serio, ya que además, la ley actual es un marco normativo de suyo ambiguo, impreciso y confuso”.
Macías Infante reiteró que el citado punto de acuerdo emitido por el Senado es infundado y por lo tanto, “lo procedente es emitir un punto de acuerdo por el que se exhorte al Senado de la República a actuar ajustándose estrictamente a derecho y sobre todo, por el que se le exhorte a actualizar su archivo legislativo”.
Por lo demás -añadió- será necesario que el Congreso del Estado conforme el marco jurídico vigente y en aras de la protección del ambiente y en lo específico, del mezquite, “sugiera a la autoridad estatal y a la del municipio de Aguascalientes, que se realicen las actuaciones procedentes por la autoridad competente para determinar si dicha zona es susceptible de la declaración de protección y en su caso, se actúa en consecuencia”.
-A mí tampoco me quedó claro, licenciado Macías Infante, ¿con qué calidad presentó usted su ponencia? Y por otro lado, ¿me podría obsequiar una copia de su ponencia? -Le planteó La Jornada Aguascalientes al término de la sesión de trabajo.
-Con mucho gusto, por supuesto… Vengo en calidad ciudadana, a estricto título personal. Recibí la amable invitación de los señores diputados y fue así como me presenté aquí -nos respondió el jurista.
Foto: Gilberto Barrón