Diputados no hacen caso a consumidores afectados - LJA Aguascalientes
22/11/2024

 

  • La Profeco les pide formar un fondo con las multas para resarcir daños
  • La Ley Federal de Protección al Consumidor lo ordena y aquí la pasan por alto

 

Los diputados de las LXII Legislatura de Aguascalientes se fueron de vacaciones sin hacer caso a una demanda de la Procuraduría Federal del Consumidor, para que se legisle y –conforme a la ley– los consumidores afectados por el mal comercio puedan ser resarcidos en sus daños.

Foto. Gerardo González

La Delegación de la Profeco en Aguascalientes pidió al Congreso del Estado legislar para que los 2 millones de pesos que aplica en multas, formen un fondo para resarcir daños a los consumidores afectados… Pero no hay respuesta.

Así lo informó a La Jornada Aguascalientes Manuel de Jesús Paredes González, delegado de la Profeco, al preguntar por ese dinero que captan las autoridades administrativas; “pero ya es tiempo que se actualice la legislación y se indemnice a consumidores que han sido dañados en su patrimonio, por las malas prácticas de algunos comerciantes”, precisó.

Explicó además que no se ha recibido una sola queja en ocasión de inconformidades por la temporada de ventas navideñas; los gasolineros cuentan con un plazo que vence con el año, para actualizar el software de sus bombas despachadoras de combustóleos.

Indicó que el año pasado se solicitó al Congreso local que considerara resarcir los daños a los consumidores afectados por los malos comerciantes; “les pedimos que crearan un fondo con los alrededor de 2 millones de pesos de las multas administrativas que aplica la Profeco en la entidad, por diversas causas”.

El 7 de diciembre pasado, la Profeco dijo al Congreso del Estado que esa instancia “tiene como mandato promover y proteger los derechos de los consumidores, de conformidad con lo establecido en el Artículo 24, Fracción I de la ley en la materia, razón por la cual el ciudadano es el centro y eje de la actividad de esta dependencia”.

Agregó que el Artículo 1, párrafo segundo de la Ley Federal de Protección al Consumidor, establece: “El objeto de esta ley es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores”.


Y precisamente, puntualizó Paredes González al Poder Legislativo, “con el afán de proteger esos derechos del consumidor y procurar la equidad, la Fracción VI, del mismo artículo señala que: ‘Un principio básico en las relaciones de consumo es la efectiva prevención y reparación de daños patrimoniales y morales, individuales o colectivos’”.

Subrayó el funcionario federal: “sin embargo, y no obstante que la Procuraduría Federal del Consumidor es una autoridad administrativa con atribuciones para aplicar las medidas de apremio y las sanciones que considere necesarias para llevar a cabo lo señalado, éstas no representan, por sí mismas, la satisfacción o la reparación del daño causado al consumidor afectado”.

Concluyó: “y es que, si bien dichas determinaciones pueden lograr que el proveedor corrija su comportamiento comercial y se apegue a lo establecido por la ley, el daño causado al patrimonio del consumidor puede quedar sin resarcimiento y sin posibilidades de recuperación, debido a que la imposición de las medidas de apremio y sanciones obedecen a violaciones a las diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor,  sin que ello implique la reparación del daño causado, salvo cuando se acuerda en algún convenio, cuyo cumplimiento en varias ocasiones no se presenta por parte del proveedor”.

 

PIES DE FOTO (archivo)

Manuel de Jesús Paredes González, delegado de la Procuraduría Federal del Consumidor, pidió a los diputados legislar a favor de los consumidores afectados por el mal comercio, pero no le hicieron caso y se fueron de vacaciones


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