- Sin citar a sesión pública, magistrados desechan petición para analizar las impugnaciones contra la elección de jueces
En lo oscurito, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó no dar “lugar a trámite” a un nuevo intento de Sergio Rodrigo Navarro Loubet, el director general de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), para analizar las impugnaciones que buscan que el Instituto Nacional Electoral (INE) suspenda las actividades vinculadas con el proceso electoral de jueces y magistrados.
La resolución, elaborada por el equipo de la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Aralí Soto Fregoso, fue aprobada el pasado 6 de noviembre, pero salió a la luz pública este lunes, en El Universal.
Formó parte de los “asuntos que se resuelven sin citar a sesión pública”, es decir, durante una reunión privada que tuvieron los magistrados de la Sala Superior, de la que no salió información para la prensa.
Este caso empezó entre finales de septiembre y principios de octubre, cuando jueces, trabajadores del Poder Judicial de la Federación (PJF), la dirección general de Asuntos Jurídicos del CJF y la organización Litigio Estratégico presentaron impugnaciones ante el TEPJF para que ordene al INE anular el acuerdo por el que dio inicio al proceso electoral de jueces y magistrados, el cual culminará con una votación el 1º de junio de 2025.
El 12 de octubre, la Sala Superior del TEPJF rechazó las impugnaciones, pues determinó que “no ha lugar dar trámite a los escritos de demanda”.
Once días más tarde, Navarro, el director general de Asuntos Jurídicos del CJF, envió una demanda al tribunal electoral para revertir su primera decisión y obligarle a pronunciarse respecto a las suspensiones solicitadas.
De nueva cuenta, los magistrados desecharon la petición. El acuerdo elaborado por Soto asevera que las decisiones del TEPJF “tienen el carácter de definitivas e inatacables”, incluyendo la que determinó no dar trámite a las demandas; también rechaza el argumento de Navarro según el cual un recurso de reconsideración sería procedente “cuando la sentencia de fondo de alguna Sala Regional determina la no aplicación de una ley electoral por considerarla contraria a la Constitución Federal”.
Si bien el acuerdo fue aprobado por unanimidad en la Sala Superior, los dos magistrados disidentes -Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora Malassis- emitieron votos razonados, con los cuales expresaron cierta distancia con el proyecto elaborado por Soto, quien encabeza el grupo mayoritario de tres magistrados en el TEPJF.