Sí se mata la verdad/ Caleidoscopio  - LJA Aguascalientes
16/11/2024

Dicen que no se mata la verdad matando periodistas, las pancartas que el gremio alza como protesta, la solidaridad esparcida en redes sociodigitales, el grito de quienes despiden a un ser querido dedicado a esta profesión. No estoy de acuerdo: sí se mata la verdad. No me refiero a los hechos, su devenir ininterrumpido y la actividad noticiosa que este alimenta jamás terminan. Pienso, más bien –alguna vez reportera de periódico–, en renglones en blanco, historias que se esfuman entre las teclas, aspectos de la realidad que no serán relatados bajo ningún formato. Las noticias siguen su curso, pero no contadas desde la voz de quienes se van y, sobre todo, de las voces que aglutinan. Cada ausencia nos quita, de a poco, nuestros sentidos como sociedad. Perdemos ojos, oídos, gusto, tacto, olfato, en suma, la capacidad colectiva de percibir, analizar e interpretar los hechos y su devenir ininterrumpido, la “verdad”, pues, ese concepto imposible que los diccionarios definen como la coincidencia entre una afirmación y lo que acontece.

En México, Artículo 19 ha documentado el homicidio de 161 periodistas desde el año 2000. Durante la administración del Presidente Andrés Manuel López Obrador (2018-2024), se contabilizaron 45 asesinatos posiblemente relacionados con la labor periodística desempeñada por las víctimas. En el gobierno de Enrique Peña Nieto (2012-2018), fueron 47 casos; mientras que durante las administraciones de Vicente Fox (2000 – 2006) y Felipe Calderón (2006- 2012) se registraron 70 homicidios en conjunto. En lo que va del presente año, siete profesionales de la comunicación han sufrido muertes violentas, lo que coloca a México entre los países con mayor riesgo para el periodismo en la actualidad, de acuerdo con la organización Humans Right Watch. Esto sin contar las amenazas, desapariciones, desplazamiento forzado, entre otras prácticas contra su ejercicio.

Dicen también que sin periodistas no hay periodismo y que sin periodismo no hay democracia, las pancartas, las redes, los gritos, los políticos. No es desmesurado reconocer que posibilita a la ciudadanía informarse sobre lo que ocurre, pues sin información no hay diálogo, intercambio de ideas, crítica al poder, ni opinión pública, requisitos para que exista un debate público fuerte, informado y vigoroso (Tenorio, 2023). En el ámbito político-electoral, esta función cobra una especial importancia al propiciar que se emita un voto razonado, informado y libre. Porque una sociedad que no está bien informada, no es plenamente libre (OEA, 2000) y esta libertad de elección se construye al conocer, cuestionar y evaluar lo que acontece día a día, en la esfera pública y en nuestro entorno.

El derecho a la libertad de expresión y, por ende, la libertad de prensa, constituyen la llave para ejercer otros derechos, como el de información, los ARCO –acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos–, así como el derecho de minorías y grupos históricamente discriminados a contar con canales para expresarse. En suma, los atentados contra el periodismo cierran la puerta a múltiples garantías fundamentales. Por ello, el ejercicio periodístico está consagrado en el artículo 7 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, el Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Por todo esto, el Estado se encuentra obligado a salvaguardar el ejercicio periodístico, incluso si su discurso resulta chocante, molesto, hiriente u ofensivo (OEA 2010, 7). El cumplimiento de dicho deber convencional implica desde la construcción de políticas públicas para resguardar la vida e integridad de quienes se dedican al periodismo hasta evitar los discursos que desalienten su quehacer, pasando por el respeto a la crítica al poder, no criminalizar el disenso y el fomento de la confrontación respetuosa de ideas y opiniones. Para las autoridades electorales, periodistas y medios de comunicación gozan de un manto protector de su función crítica de mantener informada a la sociedad, lo establece la sentencia SUP-RAP-593/2017, de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Es importante aclarar que la protección no recae solamente en las autoridades, pues debe de complementarse en el ámbito privado a través de condiciones laborales óptimas. Porque una democracia auténtica sólo es posible al garantizar a todas las personas la posibilidad de buscar, recibir y difundir información sin temor a ningún tipo de represalia.

La hija del fallecido Luis Martín Sánchez Íñiguez, corresponsal de La Jornada en San Luis Potosí, dijo a mediados de julio que a su padre la verdad no lo hizo libre, la verdad lo mató. Y yo agrego, nos mató un poco a todxs.

@HildaHermosillo

Bibliografía

Tenorio, Guillermo A. (2023) La libertad de expresión como pilar de la democracia y el derecho electoral. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Ciudad de México, México.


Artículo 19 (2023) Periodistas asesinadas/os en México. Disponible en: https://acortar.link/AtC8mS

Organización de los Estados Americanos. OEA. (2000) Antecedentes e Interpretación de la Declaración de Principios. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Disponible en: https://acortar.link/k2PfvI

OEA (2010) Marco Jurídico Interamericano Sobre la Libertad de Expresión. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Disponible en:

https://acortar.link/aGPzjk

SUP-RAP-593/2017. Actor: Partido de la Revolución Democrática. Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Nacional Electoral. Disponible en https://acortar.link/zFRwnc


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Hilda Hermosillo

Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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