Existen herramientas legislativas que regulan el outsourcing - LJA Aguascalientes
15/11/2024

  •  Desconoce Sedec y Congreso la normatividad

 

Luego de que el titular de Desarrollo Económico en el gobierno del estado, Armando Jiménez San Vicente, solicitara a los diputados locales que legislaran para frenar los abusos de las empresas de outsourcing, el presidente de la comisión de fomento cooperativo y economía social, Jaime Gallo Camacho, afirmó que “en materia legislativa, actualmente existen las herramientas necesarias para sancionar a las empresas que se hacen cargo de subcontratar”.

 

El outsourcing o tercería, consiste en que una empresa, generalmente de inversión extranjera, recurra un tercero (otra empresa) para reclutar recursos humanos “y en algunos casos, que ya empiezan a ser un tema preocupante, para evadir impuestos, evadir prestaciones y evadir el pago de utilidades de los trabajadores”.

Sin embargo, declaró, tras la comparecencia de Jiménez San Vicente ante el Congreso el pasado 21 de enero, Gallo Camacho documentó la legislación relacionada con las empresas de subcontratación con la intención de proponer las iniciativas que se requirieran en el estado encontrando que el la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) la encargada de regular y vigilar que estas compañías cumplan con la ley.

Con base en ello, apuntó que el secretario de Desarrollo Económico es corresponsable de los problemas que las empresas que así operan generen, pues si bien es cierto que la autoridad federal es la que está facultada para sancionarlas, es la Secretaría en cuestión la que se encarga de atraer las empresas que llegan a la entidad.

A nivel federal, apuntó, los artículos 13 y 14 de la Ley Federal del Trabajo permite a las empresas contratar a través de terceros, pero también que el patrón que contrata “se hace solidario de las obligaciones laborales de los trabajadores a los que se contrata”, debiendo responder en caso de que el tercero no lo haga.

El artículo 41, continuó, establece que la situación de un trabajador no debe verse modificada por la sustitución del patrón; asimismo, señaló que de su investigación obtuvo que desde septiembre de 2008, la STPS realiza inspecciones donde detecta las compañías que trabajan bajo este esquema y coteja los contratos, los pagos y otros detalles, a fin de obligar a las empresas a cumplementar esas disposiciones, incluso si la relación de trabajo no está establecida mediante contrato.

Asimismo, señaló que la última reforma a la ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que data de julio de 2009, abordó también el tema de la subcontratación, reforzando “la obligatoriedad” de las leyes federales.


Por otro lado, señaló, en el senado de la República se revisan desde hace años iniciativas que buscan flexibilizar la Ley Federal del Trabajo, que por ser sobreproteccionista con el trabajador ha provocado que los patrones recurran a este tipo de contrataciones, pero también que promovieran la llamada “nueva cultura laboral”.

El legislador consideró que más bien es necesario modificar la ley federal de sociedad cooperativas, que desde la década de los noventas, no ha cambiado, a fin de generar candados que impidan que empresas de outsourcing simulen como si fueran cooperativas sociales, perjudicando a éstas al momento de iniciar los trámites para su establecimiento.


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