La editorial Akal y la Universidad Autónoma de Aguascalientes, recién han publicado el libro de mi autoría El derecho que nace del pueblo como derecho insurgente y tiene prevista la presentación el 2 de junio del presente año.
En 1986 publiqué, por primera vez, mi libro El derecho que nace del pueblo1. Está constituido por una colección de ensayos jurídicos heterodoxos, esto es, lejos de la ortodoxia del normativismo jurídico predominante hace treinta y siete años, y que todavía hoy continúa como teoría positivista hegemónica. El libro contiene una explicación breve de las bases teóricas que sustentan los artículos reunidos. En la solapa se esboza la concepción del derecho que los une y los alienta, cuando se dice que: “El derecho no es sólo normas o técnica fría, aunque así lo presentan los ortodoxos de la ciencia jurídica”. Se añade que el ser humano “es fuente primigenia de todo derecho”, siendo éste parte de la vida humana; y que en el libro se narran historias que dan cuenta de distintas visiones jurídicas ubicadas en la vida del ser humano “y en la historia de sus luchas por su dignidad y la justicia, en la lucha por sus derechos”.
Y es que, como se explica en el breve “A manera de introducción”, siguiendo al maestro Efraín González Morfín, entendemos el derecho como un concepto análogo y no unívoco, aplicando la analogía como método de conocimiento. Así, el derecho es un término que se predica en forma análoga de varias realidades: las normas o derecho objetivo; la facultad o potestad de la persona sobre lo suyo, como derecho subjetivo; el ideal ético de justicia; y la ciencia del derecho. Dejando asentado esto, paso a explicar cómo el pueblo crea también derecho.
Así entonces, entendemos el derecho que nace del pueblo en esa riqueza analógica del término. En los ensayos que componen este libro nos encontramos con normas jurídicas que el propio pueblo crea para regular sus relaciones y como defensa de sus causas justas, y además el uso que hace de las normas vigentes; también, en otros lugares, encontramos la defensa que hace el propio pueblo de los derechos subjetivos que se tienen como personas individuales o comunitariamente, en ocasiones reconocidos por el derecho vigente y en otras negados pero intuidos como naturales al hombre y a la comunidad; por todos los ensayos corre la vena de la búsqueda de justicia, el clamor de acceder a lo que les pertenece, a lo que es suyo; y por último, también, la práctica jurídico-política del pueblo da vetas riquísimas de reflexión para la elaboración de una nueva teoría del derecho, o cuando menos, cuestiona para hacer replanteamientos de las ya existentes.
En 2012 publiqué el libro El derecho que sigue naciendo del pueblo. Movimientos sociales y pluralismo jurídico2, retomando mucho de lo tratado en un libro que publiqué en Bolivia con el título de Derecho y liberación. Pluralismo jurídico y movimientos sociales3, y dándole, de hecho, otra estructura. En la introducción, sin mencionar explícitamente que se aplica el método de la analogía para entender el derecho, manifiesto que lo jurídico debe entenderse de forma integral, como normas, derechos subjetivos o facultades y como concretizaciones de justicia. Expreso que la filosofía del derecho que sustenta al libro es el iusnaturalismo histórico basado en la Filosofía de la Liberación y que es necesario entender y aceptar el pluralismo jurídico.
Lo anterior lo explico del modo siguiente, y además agrego por qué para titular el libro retomo la alusión al viejo texto que sostiene que del pueblo nace también derecho.
Iusnaturalismo histórico, porque no debemos conformarnos con la reflexión teórica acerca de la esencia del ser humano, de sus derechos y de la justicia en sus relaciones; sino que debemos de tener en cuenta la realidad histórica que niega la vigencia de los derechos humanos, de la justicia y del bien común, pero también, es en la propia realidad histórica, en donde tiene sentido aquello que se afirma como justicia, derechos y bien común, ya que la historia es el lugar de su concreción.
Ante esta realidad, ¿cuál es la respuesta del iusnaturalismo histórico? La reiteración de la validez de sus postulados, aunque estos sean negados históricamente, pero intentando una teoría y una práctica jurídicas de liberación, en la que el derecho forme parte de ese proceso liberador integral: político, económico, cultural y ético. Esto es, un derecho al servicio del otro, del prójimo, por la liberación; un derecho que implique una normatividad (derecho objetivo), que exprese la justicia y se aplique, se practique, con equidad.
Éste, pues, constituye ya un tercer libro en donde se sostiene que el derecho nace del pueblo. Ahora añadimos que esa producción jurídica del pueblo es derecho insurgente. En este texto retomamos la exposición del pluralismo jurídico como base y mejor entendimiento de la propuesta y recogemos varias de las experiencias analizadas en El derecho que sigue naciendo del pueblo, actualizadas en lo posible. Lo novedoso estriba en que el pluralismo jurídico lo reforzamos teóricamente, analizamos otras nuevas experiencias socio-jurídicas, y proponemos otros presupuestos teóricos, donde destaca la categoría de derecho insurgente –direito insurgente– desarrollada por juristas brasileños militantes en la asesoría jurídica popular, para analizar las experiencias de derecho que nace del pueblo que exponemos.
El derecho insurgente constituye derecho alternativo. Este puede dividirse en tres expresiones jurídicas: positivismo de combate, uso alternativo del derecho y pluralismo jurídico. Desde mi punto de vista el derecho insurgente no constituye ninguna de esas expresiones, no se asimila a ninguna de las tres manifestaciones de derecho alternativo, sino que participa de todas y les añade una propuesta radical de un otro derecho surgido de las resistencias y propuestas de lo nuevo surgido de diversas luchas.
Desde esta propuesta teórica, el libro analiza diversas experiencias jurídico-políticas populares, entre otras varias, las siguientes: la Revolución del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, incluyendo las acciones del Congreso Nacional Indígena; el Sistema Comunitario de Seguridad, Impartición de Justicia y Reeducación de la Montaña y Costa Chica de Guerrero; Cherán, con su Policía Comunitaria y sus elecciones de acuerdo a sus propias normas; la Guardia Comunitaria para la Defensa del Territorio de la Comunidad de Santa María Ostula, comunidad nahua de Michoacán; la lucha de los Pueblos de Morelos, por su autonomía en defensa de la vida y su territorio; el proyecto autónomo de administrar justicia de los tzeltales de Bachajón, Chiapas; las luchas indígenas en la Sierra Norte de Puebla, incluyendo el Juzgado Indígena de Huehuetla, con jurisdicción en territorio totonaca. Se incluyan algunas experiencias de América del Sur, algunas emblemáticas como el Movimiento de los Sin Tierra (MST), en Brasil, y las Rondas Campesinas en Perú.
El derecho insurgente, del que trata el libro, forma parte de un proceso de liberación de la opresión, porque se opone a la legalidad de la injusticia.
1 Ed. Centro de Investigaciones Regionales de Aguascalientes, A.C. y Fideicomiso Profesor Enrique Olivares Santana. En 2004 se hizo una edición colombiana publicada en Bogotá por Fundación para la Investigación y la Cultura, Asonal Judicial y el Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos (ilsa); contiene tres capítulos más. La Editorial Porrúa, en México, hizo otra edición en 2005, con el mismo contenido que la edición hecha en Colombia.
2 Ediciones Coyoacán y Universidad Autónoma de Aguascalientes, en la colección “Derecho y sociedad”, dirigida por Óscar Correas, México, 2012.
3 Editorial Verbo Divino, Cochabamba, 2010.