- Que en la pérdida de prerrogativas sean considerados el porcentaje obtenido en las elecciones de diputados
- La incertidumbre sobre esta norma podría provocar que se mantengan partidos que no tienen buena representatividad, como el partido Fuerza por México
Propone la diputada Yolytzin Alelí Rodríguez Sendejar modificar el Código Electoral de Aguascalientes en materia de la pérdida de registro de los partidos políticos y los recursos que se destinan a estos, es necesario que sea más acotado en la norma para evitar incertidumbre.
Actualmente, el artículo 16 de la norma antes mencionada establece que “los partidos que pierdan su registro por no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación en el último proceso ordinario federal, podrán optarse por registrarse como partido político local en el estado siempre y cuando en la elección inmediata anterior de gobernador, de diputados o de ayuntamientos hubieran obtenido el 3% en votación válida emitida”.
La diputada coordinadora de la bancada naranja precisamente propone reformar este artículo y el trigésimo primero para que en estos sólo se considere a la elección la cantidad de votos obtenidos en la elección de diputados.
La legisladora consideró que, como actualmente están formulados ambos artículos, al tener contemplado varios conceptos, no se establece un criterio claro con el que un partido político podría obtener su registro y el financiamiento público, lo cual ha provocado controversias durante estos años.
Como muestra de ello, ejemplificó el caso del partido Fuerza por México pues, a pesar de haber tenido 2.47% de votos en la última elección federal y 2.68% en los diputados locales, logró obtener su acreditación al interpretar lo que marcaba el artículo 16 del Código Electoral local pues esta porción es ambigua y crea incertidumbre jurídica.