- Modificaciones recientes a la ley, permiten un mayor control sobre los infantes
- La nueva ley define es la única autoridad facultada para ser filtro de las adopciones en el estado
Desde hace cuatro meses, en Aguascalientes están vigentes las reglas de operación del consejo técnico de adopciones del sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) del estado de Aguascalientes, para el procedimiento y trámite de adopciones con lo que se concretan ciertos detalles que estaban muy vagos y sobre todo se agiliza el proceso. En lo que va del 2010 se han concretado cinco adopciones y están en trámite otras ocho, tan sólo por parte del DIF, sin embargo se dan adopciones también a través de VIFAC y entre particulares.
Anteriormente en el estado se contaba sólo con algunos criterios generales dentro del Código civil del estado y en el Código de procedimientos, sin embargo sólo son acotaciones de lo que es la adopción, y define cuáles son algunas de las causales de la pérdida de la patria potestad. Ante esta ausencia de especificaciones, la actual administración del DIF estatal redactó algunas reformas al reglamento ya existente, estas ya fueron aprobadas y están vigentes desde hace cuatro meses.
En este reglamento se establece paso a paso cómo se da el proceso de adopción, en qué consiste, cuáles son los requisitos pedidos a los candidatos, cómo opera el Consejo técnico de adopciones, especifica los tiempos que se dan después de autorizada la adopción para las visitas de los futuros papás con el niño para ver qué factibilidad existe de que ellos establezcan una buena relación. Esta es la legislación vigente en Aguascalientes y rige las adopciones que tiene el objetivo de agilizar el proceso de adopción.
Modifican reglamento en búsqueda de agilizar adopciones
Algunas de las reformas hechas al reglamento fueron, concretar las reglas de operación que eran muy escuetas, hablaban poco de cómo se da el procedimiento, se ampliaron las especificaciones sobre la conformación y las atribuciones del Consejo técnico de adopciones que está integrado por magistrados, gente del Ministerio Público, además de personas del DIF estatal, es aquí donde se toman las decisiones en común acuerdo viendo en primera instancia el bienestar del menor.
Los procesos de adopción generalmente en el país lleva entre seis y nueve meses, pero Aguascalientes es el estado donde se da de manera más ágil este procedimiento pues dura alrededor de tres meses, eso sin contar el tiempo requerido para la pérdida de patria potestad que es un problema en todo México.
Para que un niño pueda ser dado en adopción requiere tener su situación jurídica resuelta esto quiere decir, que necesita el DIF tener ganada la patria potestad, este procedimiento se puede llevar de seis meses a dos años. Además de las reformas hechas al proceso de adopción, también se modificaron algunas cuestiones relativas a la patria potestad.
Por ejemplo, si un menor fue abandonado por más de 30 días naturales se puede pelear la patria potestad, anteriormente este plazo era de dos meses o más, otra reforma que ha servido para agilizar los trámites es que anteriormente para localizar a los padres biológicos del niño en el proceso de la demanda el juez anteriormente se giraban hasta siete u ocho oficios para localizarlos, ahora serán sólo tres o cuatro, para la Policía Ministerial, así también se reducen los tiempos.
“Otra de las reformas para las parejas que quieren adoptar es que deben pasar por un curso taller, antes era sólo para las personas interesadas en adoptar en el DIF Aguascalientes ahora es válido para cualquier persona que quieran adoptar en todo el estado y no sólo a través del DIF”.
Por medio de este taller se les dan herramientas a los futuros padres adoptivos para que sepan cómo llevar a cabo la educación de los menores y sepan resolver las dudas.
Una modificación más fue relativa al seguimiento luego de concretada la adopción pues anteriormente el DIF se encargaba de estar pendiente durante los dos años siguientes, cada seis meses pero sólo para los menores entregados a través de esta institución, sin embargo ahora se hará con todos los niños, también los adoptados a través de VIFAC y entre particulares.
“Nosotros anteriormente como DIF no sabíamos si había una adopción entre particulares no sabíamos si estaba bien el niño, como había sido la adopción, pero ahorita en la actualidad con estas reformas el juez nos avisa, se dio una adopción entre particulares y nosotros intervenimos y una vez cada seis meses durante dos años vamos a estar interviniendo para ver que el menor este bien”, señaló el procurador de la defensa del menor y la familia del DIF estatal, Jaime Humberto Medina Guzmán.
Los niños que llegan al DIF como candidatos para ser adoptados pasan una temporada por Casa DIF, todos ellos son pequeños remitidos a través del Ministerio Público involucrados en casos de violencia intrafamiliar o porque se cometieron delitos directamente en contra de ellos. Todos son menores que sufrieron violencia intrafamiliar, fueron abandonados, víctimas de una violación, son menores con alguna problemática.
LOS OTROS: VIFAC, particulares y DIF municipales
La autoridad máxima para las adopciones en el estado es el DIF estatal por eso cualquier proceso emprendido ya sea por la asociación civil VIFAC o incluso entre particulares debe pasar por las manos de la autoridad estatal de acuerdo a las especificaciones del código civil. En él se establece para el DIF la obligación de velar por el bienestar de los niños, la instancia está obligada a realizar una investigación a través de su departamento de Trabajo Social y Psicología para analizar si las condiciones de los padres adoptivos son las mejores para el niño o niña. Son ellos quienes dan su voto de conformidad.
Lo mismo pasa con las adopciones entre particulares asesoradas con abogados, de todas las adopciones ellos tienen conocimiento y deben hacer las anteriores investigaciones.
Los casos de los DIF municipales también se remiten al estado, cuando llega un caso de personas interesadas en adoptar siempre las mandan al DIF estatal para concretar el proceso.
¿Quiénes pueden dar en adopción?
Para que una asociación civil pueda dar en adopción a un niño, en primera instancia deben cumplir con una serie de requisitos para estar constituida oficialmente como organización y sobre todo revisar los requisitos necesarios para hacer valer el hecho de que dentro de su acta constitutiva esté especificado que se dedicarán a la adopción. Tienen que pasar por la evaluación de un Consejo de beneficencia privada, estos procedimientos son ajenos al DIF.
¿Qué hacen quienes buscan adoptar?
Para que una persona adopte primero tiene que ir al DIF estatal, debe presentar una lista de requisitos administrativos, pasar al área de Trabajo Social y Psicológica; si son aptos entran al curso taller luego reciben la aprobación del Consejo técnico, se integran en lista de espera si hay un niño con la situación jurídica resuelta se propicia luego una convivencia entre el menor y los pretendidos padres adoptivos durante tres semanas. Si son compatibles se presenta un juicio para el proceso de adopción, el juez dicta una resolución, los papás le ponen el nombre que ellos quieran, a esta resolución se le sacan copias certificadas que son llevadas al registro civil para que ahí se emita un acta de nacimiento con el nombre y apellidos de los nuevos padres.
Adopciones
En los últimos cinco años, en el DIF estatal la cantidad de adopciones ha venido en aumento, en el 2006 fueron nueve casos; en el 2007 fueron seis; en el 2008 fueron doce; en el 2009 fueron trece y en lo que va del 2010 van cinco y están ocho en proceso.
En total en el estado de Aguascalientes se dan entre 40 y 45 adopciones, a través de VIFAC deben ser alrededor de siete u ocho al año, el resto que son alrededor de 25 son entre particulares.
Por parte del DIF tienen 15 juicios de pérdida de patria potestad donde hay pendiente 22 menores que conforme se vayan resolviendo los casos, los niños podrán irse con las nuevas familias.
El aumento en la cantidad de niños adoptados se debe en gran medida a la agilización de los procesos por las reformas promovidas, además de varios foros de capacitación para los jueces y magistrados promovidos a través del DIF nacional encaminados a este mismo objetivo
Irregularidades
Las autoridades sí se han enterado de casos de adopción irregulares detectados a través de denuncias ciudadanas o como resultado de investigaciones de las propias autoridades. Muchas veces por ignorancia las personas no acuden con las autoridades para hacerlas partícipes de estos procesos y que sean totalmente legales. Generalmente quienes se mantienen al margen de la legalidad en la adopción son familias de extrema pobreza o aquellos que por razones diversas no pueden hacerse responsable de alguno de sus hijos. “No es delito si quieren dar a su hijo en adopción pero que lo hagan de manera legal, ya que si ellos reciben dinero o no, sin acudir con un abogado o a una institución como el DIF y regalan al niño o lo venden eso es un delito y no sólo para la persona que lo vende, sino también para quien lo está recibiendo”.
Las autoridades del DIF están interesadas en crear una cultura alrededor de la adopción para evitar que se den irregularidades en este proceso, no es necesario implementar mayor cantidad de leyes o sanciones sino más bien hacer entender a las personas que no serán sancionadas por hacer consciencia y evidenciar ante las autoridades que no pueden hacerse cargo de alguno de sus hijos.