- Se podría considerar la violencia política en razón de género como motivo para nulidad de una elección
- No son suficientes las sanciones que existen en torno a este
Dentro del foro Hablemos de Reformas Electorales desde lo local, se discutió la Violencia Política en Razón de Género la cual es un concepto que apenas hace dos años fue incluido en el marco legal para la protección de los derechos políticos electorales de las mujeres, dejando establecidas mecanismos de protección y las debidas sanciones.
La diputada Nancy Jeanette Gutiérrez Ruvalcaba, dijo que aunque este concepto ha representado un importante en la igualdad sustantiva y equidad de género, aún es necesario que se acoten ciertos aspectos de la norma.
Comentó que está pendiente una iniciativa suya para obligar a los partidos políticos a dar un acompañamiento a las víctimas de violencia política en razón de género, salvo cuando ellos mismos sean los denunciados. Actualmente ningún partido político tiene el interés de apoyar a la víctima, ni en el ámbito jurídico o moral. Espera que esta iniciativa avance pues no representa un gasto político para algún partido.
Otra reforma que está pendiente en el Congreso es la de regular las disculpas públicas que el agresor ofrece a la víctima como parte de una sentencia, no existe aún un ordenamiento que defina cómo se debe cumplir este objetivo. Señaló que, cuando se da un suceso de este tipo, frecuentemente el agresor da una disculpa pública ambigua y con mañas. También debe revisarse medidas adicionales en la reparación del daño, como el apoyo psicológico.
La diputada Sanjuana Martínez Meléndez, presidenta de la Comisión de Igualdad Sustantiva y Equidad de Género, señaló que en varios de los escenarios no hay una forma concreta para comprobar la comisión de este delito, pues es siempre ejecutada de manera sistemática o por un tercero, aspecto que también habría de regularse.
Ahora, sobre la reparación de daños, señaló que las disculpas públicas deben hacerse antes de los seis meses posteriores a la sentencia. Además, también debe consultarse a las víctimas si una disculpa, hecha por cualquier vía, la consideran como suficiente como parte de la reparación de daños.
“Los violentadores publican sus disculpas en redes pero se olvidan de las afectadas si es lo que realmente necesitan. No se pregunta si hay resarcimiento de los daños”, declaró.
El titular de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, Daniel Omar Gutiérrez Ruvalcaba, comentó que la violencia política en razón de género afecta directamente a la mujer, a los principios democráticos, al proceso electoral y la equidad en la contienda.
Planteó que debe revisarse el artículo noveno del código electoral el cual establece que quien esté condenado por violencia política en razón de género no puede ser candidato de un puesto de elección popular, señaló que esta porción resulta inconstitucional porque está dejando una inhabilitación, se debe establecer una temporalidad.
Destacó que las sanciones no son suficientes pues estas sólo se limitan a una disculpa pública y el pago de 4 mil pesos. Al tener sanciones bajas es muy probable que haya reincidencias. En otros estados se ha documentado de una persona que ha reincidido once veces. Es necesario que la multa ascienda y se regule la disculpa pública.
Resaltó que también hace falta la aprobación de un protocolo para sancionar y erradicar los casos de violencia política en razón de género, dijo que es preocupante que en muy pocos estados se cuente con este documento.
La diputada Nancy Gutiérrez recordó que el Congreso del Estado ya tiene un protocolo para atención y sanción de violencia política en razón de género al interior del poder legislativo, pero este aplica solo cuando sea inherente al proceso legislativo.
Por último, Daniel Gutiérrez puso a consideración que la violencia política en razones de género se ponga a consideración como una causal para la nulidad de elección, considerando varios aspectos para determinarlo como lo podría ser la diferencia de votos.