- Con la invalidación de la constitución local, se demuestra que el Congreso del Estado no ha trabajado a favor de las mujeres
- Esta es la primera iniciativa ciudadana que fue viciada en todo su proceso.
El lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo segundo de la Constitución del Estado de Aguascalientes, donde se pretendía otorgar una personalidad jurídica desde la concepción hasta la muerte natural de la persona y, de esa manera, evitar que se llegara a despenalizar el aborto en el estado.
Angélica Contreras, integrante del colectivo Cultivando Género, festejó esta acción de inconstitucionalidad, pues con esto demuestra que desde el poder legislativo no se está trabajando para garantizar los derechos de las niñas, mujeres y personas con capacidad de gestar.
Enfatizó en que esta fue la primera iniciativa ciudadana que llegó al Congreso del Estado, aspecto que consideró como lamentable, pues esta propuesta no abonaba a nada y sólo generaba un bloque para cuando se quisiera reformar la eutanasia o el aborto.
El congreso tendría que garantizar, a las mujeres y personas gestantes, que todas las personas en Aguascalientes puedan ejercer sus derechos sin ser criminalizados, sin ser violentados, otorgando presupuesto suficiente para la prevención. “En verdad esa terquedad de trabajar en contra de los derechos humanos me parece absurda, sus energías podrían centrarse en temas más importantes” mencionó Contreras.
Señaló que el derecho a decidir, a pesar de que ya fue reconocido por la SCJN, no está siendo garantizado por el estado; incluso en los casos de la nom-046. El hecho de que sigan penalizando el aborto impide este derecho, la maternidad tiene que ser por decisión.
Sobre los efectos de esta acción de inconstitucionalidad, comentó que ya no es necesario que se reforme nuevamente la constitución de Aguascalientes, se publicará en el Periódico Oficial de la Federación.