Deberá ISEA contemplar en su presupuesto, una partida para atención geriátrica y cuidados paliativos - LJA Aguascalientes
22/11/2024

■ Publicó el POE reformas a Ley de Salud, para entrar en vigor a partir del 1 de enero
■ Continúa pendiente aún , con 176 días de retraso, el reglamento de la video vigilancia

El Instituto de Salud del estado (ISEA) deberá destinar una partida específica del presupuesto que se le autorice para el año entrante para cumplir con las disposiciones de la nueva “ley de atención geriátrica”, que fue publicada el pasado lunes en el Periódico Oficial del Estado (POE) y que, de acuerdo con su artículo tercero transitorio, entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2010.
Así lo informó el legislador panista Jesús Martínez González, quien fue promotor de la iniciativa de las adiciones a la Ley de Salud del estado, añadiendo que esta disposición también aplica en el caso de los cuidados paliativos, servicio que por ley debe prestar el sector salud desde el 13 de julio pasado, pero que por cuestiones de presupuesto no ha podido cumplir.
Martínez González señaló que durante la reunión que la comisión de salud en el Congreso del estado sostuvo la semana pasada con el titular del ISEA, Gerardo Macías López, éste recibió los decretos tanto 263 y 302 para que tomara en cuenta los reajustes presupuestales que requiera para garantizar la prestación de estos en el estado.
En ambos casos, el sistema de salud estatal debe contar con las instalaciones y el personal adecuado y debidamente capacitado para brindar la atención geriátrica a la población de la tercera edad y los cuidados paliativos a los enfermos en etapa terminal.
También queda obligado a generar programas de promoción de ambos servicios, al igual que “grupos, asociaciones e instituciones que tengan por objeto participar organizadamente en los programas de promoción y mejoramiento de la salud individual o colectiva, así como en los de prevención de enfermedades y  accidentes, y de prevención de discapacidad y de rehabilitación de personas con discapacidad, así como en cuidados paliativos”
En el caso de las clínicas, hospitales, consultorios, casas de retiro y asilos particulares que deseen brindar estos servicios, señaló el legislador, deberán hacerlo con sus propios recursos.
Siguen sin publicar reglamento de video vigilancia
Mientras tanto, han pasado ya 176 días desde el vencimiento del plazo para la publicación del reglamento de la ley de video vigilancia, que fue aprobada el 18 de junio de este año y publicada en el POE del 22 de ese mes, concediendo al Ejecutivo un plazo de 90 días para elaborar y publicar el correspondiente reglamento.


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