El Tribunal Local Electoral desechó el primero de los cuatro recursos que le fueron reencauzados como apelaciones desde el Tribunal Federal Electoral, declarando improcedentes los alegatos del Partido Acción Nacional (PAN) contra de la aprobación de los gastos de precampaña de los partidos de la coalición y la designación de Engels Ruelas como encargado de despacho de fiscalización en el IEE.
En su sesión ordinaria de ayer, el pleno del tribunal aprobó la sentencia definitiva del toca TE-RAP- 049/2010, en la que “se declaran improcedentes los agravios que hizo valer el recurrente respecto de las resoluciones CG-R- 98/10, CG-R 101/10 y CG-R- 103/10, emitidas por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral en sesión extraordinaria de fecha 20 de julio de 2010, en la que se aprobaron las auditorías practicadas a los partidos Revolucionario Institucional, Nueva Alianza y Verde Ecologista de México, del período de precampaña del proceso electoral 2009-2010” y confirmando lo contenido en ellas.
Rigoberto Alonso Delgado, ponente de la resolución, explicó que David Ángeles Castañeda, representante del PAN, atacó el nombramiento de Engels Federico Ruelas Olvera como encargado de despacho del organismo de fiscalización, sosteniendo que su titular era otra, que el puesto no existe y que la presidenta del Consejo del IEE no tiene facultades para nombrar en su caso a quien lo ocupe, de modo que no tenía facultades para elaborar los dictámenes consolidados de auditoría y por tanto estos no tenían validez.
Sin embargo, dijo el magistrado, “si estaban inconformes, debieron haber impugnado en el momento en que se les notificó”, pues se comprobó que lo conocieron oportunamente.
Ángeles Castañeda también alegó que no recibió copia de los dictámenes tratados en la sesión, “pero al estudiar las constancias se advirtió que en una reunión previa, donde se estaban estudiando los puntos que se iban a ver en la extraordinaria, no asistió (…) y ahí se acordó que únicamente se le entregaría a cada partido el documento de su partido”, detalló el magistrado.
Además, añadió, durante la sesión se mencionó la manera en que esos dictámenes habían sido entregados y aún así el representante de Acción Nacional –consta en actas- no hizo uso de su derecho a voz. Tampoco lo hizo cuando se preguntó a los presentes si tenían inconveniente en no leerlos, lo que mencionó como agravio.
“Nosotros estimamos que consintió el hecho de no conocer la resolución porque en ningún momento, de las oportunidades que tuvo, dijo nada”, sentenció.
El panista acusó en su recurso que los dictámenes de gastos de precampaña se presentaron “por dolo y mala fe” cinco días después de impugnarse la elección a gobernador, fuera del término de 78 días después de terminar las precampañas.
De la revisión del expediente, los magistrados electorales dictaminaron que los dictámenes ni fueron presentados después de la impugnación ni fuera del plazo establecido porque el recurrente inició el conteo de los días en una fecha donde aún no terminaba la etapa de precampaña. Realmente, puntualizó el presidente del TLE, fueron presentados el 5 de julio y aprobados el 20.
También sostenía el PAN que “no estaban debidamente fundados y motivados”, pues carecían de elementos básicos.
El TLE resolvió que “sí los contenía y además contenía ciertos elementos que la ley precisa como mínimo (…) nada más que el recurrente pretendía que se hiciera candidato por candidato y de eso no hay obligación”.
Finalmente, el Tribunal no tomó en cuenta quejas de AN ante el IEE contra la coalición por actos anticipados de campaña, por no estar relacionadas directamente con la materia del recurso y no haberse hecho ante el órgano de fiscalización.