Impugnó en siete ayuntamientos; señala contar con amplias posibilidades en cinco - LJA Aguascalientes
15/11/2024

  •  Pide PANAL al TLE tomar en cuenta votación individual para cinco regidurías
  •  Se las pelearía al PRI y al PAN, afirma, según las fórmulas del Código Electoral

Al impugnar el acuerdo mediante el cual el Instituto Estatal Electoral (IEE) asignó regidurías plurinominales en los ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María, San Francisco de los Romo, Rincón de Romos, Cosío, El Llano y San José de Gracia, el Partido Nueva Alianza (PANAL) solicita al Tribunal Electoral le aplique el criterio de que es un solo partido y no el ganador por haber ido en coalición, con lo que podría quitarle al menos cinco regidurías al PRI.
El magistrado presidente del Tribunal Local Electoral (TLE), Rigoberto Alonso Delgado, explicó en entrevista que “es algo muy sencillo: ellos simplemente dicen que tienen derecho a regidurías de representación proporcional en los municipios que mencionan porque tienen el mínimo de votación necesario y porque ellos no fueron los ganadores y que solamente a quien no deben de concedérsele es al partido que obtuvo la mayoría, en este caso al Partido Revolucionario Institucional”.
Alonso Delgado afirmó que aún no se entra al estudio de fondo del asunto, ni se tiene fecha para su resolución.
Por su parte, el dirigente estatal del PANAL y cuarto regidor capitalino por la vía de representación proporcional, Yuri Antonio Trinidad Montoya, aseveró que “nosotros a lo que le estamos apostando es por que nosotros nada más tenemos una posición; en el caso del municipio de Aguascalientes (…) es nada más una posición para el partido y de todas las demás una es para el verde y cinco para el PRI. Entonces, a lo que estamos apelando es que, de acuerdo con la votación que nosotros obtuvimos, se nos otorguen posiciones plurinominales… más que matemática, es (cuestión) legal”.
Explicó que se está argumentando el recurso con base en los artículos 280 y 281 del Código Electoral del estado, donde se establece “con base en los resultados finales de los cómputos de la elección, el Consejo (del IEE) procederá a la asignación de regidurías de representación proporcional al partido político o coalición que tenga derecho a participar en la misma” siempre que no haya obtenido la mayoría relativa en ese municipio y/o que tenga 2 por ciento o más de la votación total de esa elección.
Además, el artículo 281 marca que para acceder a regidurías de representación proporcional debe tener el porcentaje mínimo de votación de 2.5 por ciento y establece la fórmula para dividir el resto de la votación para cubrir las posiciones plurinominales.
Trinidad Montoya señaló, con base en esos artículos, que “para el reparto de las posiciones plurinominales en lo cabildos, quienes no podrán entrar a ese reparto son quienes encabezan la fórmula ganadora; entonces, en ese tenor, ¿quién encabeza la fórmula ganadora?”: el PRI, salvo en los municipios de Pabellón de Arteaga y Tepezalá que ganó Nueva Alianza.
Así, justificó haber promovido la impugnación porque su partido obtuvo individualmente 3.11; 4.86; 12.81; 3.20 y 5.57 por ciento en Jesús María, San Francisco, Rincón de Romos, El Llano y San José de Gracia, respectivamente.
El PAN es otro que pudiera ver disminuida su representación si el recurso del PANAL procede, pues su líder insiste en que “aún si la votación de las dos primeras fuerzas es muy lejana a lo que obtuvo Nueva Alianza, sin embargo a nosotros nos da el porcentaje para poder pelear esas plurinominales… dependería de que nos otorgue ese criterio el Tribunal Electoral”.


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