En acato a la sentencia del juzgado tercero de distrito del centro auxiliar de la tercera región, con sede en Guanajuato, el juez sexto penal de Aguascalientes giró ayer un nuevo auto al candidato del Partido Acción Nacional (PAN) al gobierno del estado, Martín Orozco Sandoval, dándole otra vez formal prisión.
Ante esto, el magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del estado (STJ), Juan Arturo Muñiz Candelas, afirmó que el ex alcalde panista “si ya está dictado el auto tiene que tener la misma condición que tenía antes” y explicó que ésta consiste en que “se abre un periodo de instrucción para recibir todas las pruebas y la información necesaria para que se integre el expediente”.
“Una vez que se hayan presentado las pruebas, -prosiguió- se abre un periodo de conclusiones que formula el Ministerio Público”, seguido de otro igual para la defensa “y luego viene una audiencia final de juicio y ahí, una vez llevada a cabo, el expediente está en estado de dictar sentencia”, precisó.
Muñiz Candelas indicó que el tiempo de instrucción tiene una duración máxima de seis meses, pero que puede durar menos dependiendo de las pruebas que ambas partes ofrezcan.
El último párrafo del artículo 243 de la Legislación Penal local dispone que las sentencias deben dictarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la audiencia de juicio, pero si el expediente excede de 300 fojas, se aumentará un día más por cada 50 de exceso. Sin embargo, este término no siempre se cumple, dependiendo de las cargas de trabajo de los juzgados.
Cuestionado sobre la situación de los derechos político-electorales del candidato panista, subrayó que como presidente del STJ sólo estaba explicando las partes del proceso a seguir y finalmente aclaró que en éste, como en todos los casos, para que dichos derechos se pierdan “tiene que haber una sentencia firme”; es decir, “que tenga todas las instancias correspondientes: ya sea la apelación o el propio amparo”.
En la etapa actual del proceso (auto de formal prisión), la Legislación Penal y la Ley de Amparo contemplan tres posibilidades alternas al ofrecimiento de pruebas en el periodo de instrucción para quien está siendo juzgado:
1. Recurso de queja ante el Tribunal Colegiado de Circuito, alegando exceso o defecto en la ejecución de la sentencia de amparo, dado que el nuevo auto de formal prisión se dictó en cumplimiento de una sentencia de amparo.
2. Solicitar un nuevo juicio de amparo en el que se aleguen y sustenten violaciones Constitucionales cometidas por el juez penal en la nueva resolución.
3. También se puede optar por interponer el recurso de apelación ante el Supremo Tribunal de Justicia para que confirme, modifique o revoque el nuevo auto.
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Ante un nuevo auto de formal prisión emitido por el Juez Sexto Penal, Acción Nacional reiteró que Martín Orozco Sandoval es inocente de todo lo que se le imputa y por esa razón mantiene la protección de la justicia federal por estar vigente el amparo concedido en el mes de abril.
Explicó que en esta actuación del juez demostró su interés por intentar perjudicar a Orozco Sandoval anteponiendo criterios políticos antes que las consideraciones jurídicas ordenadas por una instancia superior.
En este sentido anunció que solicitará ante la Justicia Federal la aplicación de la carta magna para que sea separado inmediatamente de su cargo y sea consignado al Juez de Distrito que corresponda.
Agregó que como se denunció en un principio, la actuación del Juez Quiroz es parcial, violatoria de la constitución y de acuerdo a los intereses del gobernador Luis Armando Reynoso y de su candidato Carlos Lozano de la Torre.