Hallan irregularidades en cuentas del municipio capital - LJA Aguascalientes
23/11/2024

 Una de las 38 irregularidades que el Órgano Superior de Fiscalización (OSF) hizo al municipio capital en el ejercicio fiscal del primer semestre de 2008 y declaró no solventada fue la del pago de 115 mil pesos por concepto de “Entrenamiento en medios y mensajes para el municipio de Aguascalientes”, solicitado por alcalde con licencia, Gabriel Arellano Espinosa, al bufete de abogados Martínez Gomáriz y Asociados, con sede en el Distrito Federal.

El OSF ordenó que se reintegre la cantidad “adicionada con los intereses que podrían haberse generado desde la entrega de los recursos y hasta su devolución. Asimismo, deberá darse vista a la Contraloría a fin de que delimite responsabilidades y, en su caso, aplique sanciones administrativas y resarcitorias que legalmente corresponda”.
La irregularidad se detectó en el gasto del Directo Municipal, en fecha 30 de enero de 2008, a través de la transferencia T11C del banco HSBC y además de lo antes señalado se indica que esa no se encuentra registrada en su Padrón de Proveedores. Una búsqueda en internet reveló que en donde sí está registrada la empresa es en la lista de proveedores del Instituto Federal Electoral (IFE), que le pagó más de 2 millones de pesos por “asesoría”.
Según el dictamen del ente fiscalizador, el ayuntamiento capitalino violó con esta erogación “los artículos 12, fracción I; 30; 80 fracción VIII y IX; 81, fracción II y 86 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Aguascalientes, así como la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público estatal.
El entonces coordinador de comunicación social, Alberto Gómez Velasco, justificó que “se contrató con un proveedor foráneo por tratarse de un curso especializado que no era impartido por ningún proveedor local”, que el contrato lo valida la Ley de Patrimonial del estado al establecer que “se puede contratar sin sujetarse a ningún procedimiento en el caso de servicios de consultoría cuya difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información de naturaleza confidencial para los sujetos de la ley” y proporcionó una copia fotostática de la fotografía oficial del gabinete que tomó el curso.
Sin embargo, el OSF determinó que no se exhibió la lista de participantes en la capacitación ni se demostró que ningún proveedor local no prestara este tipo de servicios; que la Ley Patrimonial “no resulta aplicable al caso, pues no se trata de servicios de consultoría y, desde luego, tampoco se acredita la difusión de la información contenida en dicho recurso pudiera afectar el interés público o fuera de naturaleza confidencial”.
En cuanto a la fotografía, acota que en ella “no aparece ninguna evidencia del curso”.
De las 38 observaciones mencionadas, al Directo Municipal se le hicieron 23 y, de ellas, 16 no fueron solventadas y cinco más lo fueron, pero de manera parcial.

 


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