- Crean sala de lo Contencioso Administrativo y Electoral en una misma sala
- Preparan al poder judicial para empezar a implementar el sistema de juicios orales
Las comisiones unidas de gobernación y puntos constitucionales en el Congreso local aprobaron ayer, con la indicación de incluirle algunas observaciones, un dictamen que reforma 10 artículos de la Constitución local para establecer un solo tipo de magistrado del Poder Judicial, conjuntar el Tribunal Contencioso Administrativo y el Local Electoral en una tercera sala del Supremo Tribunal de Justicia (STJ), devolver al Consejo de la Judicatura estatal la facultad de administración financiera de su presupuesto y establecer los cinco principios rectores del nuevo sistema de justicia penal adversarial.
El documento original será afinado con la derogación de un párrafo del artículo 17 constitucional que introduzca el recurso de revisión para la autoridad administrativa, para subsanar una inequidad que, de acuerdo con la explicación del legislador de Convergencia, Juan Manuel Flores Femat, existe en el proceso Contencioso Administrativo al prever el amparo en caso de inconformidad con la sentencia por parte del particular, mientras que la autoridad no contaba con recursos de este tipo; este recurso, como las impugnaciones en materia electoral, serían resueltos por el pleno del STJ. Extraoficialmente se supo que sería subido a pleno la próxima semana.
Entrando en vigor a partir del primer día de 2011, implicaría que el STJ se integre por diez y no por siete magistrados al fusionar los tribunales y respetar los 15 años por los que el actual magistrado del TCA fue nombrado, además de acatar la obligación de contar con un tribunal electoral permanente. Las tres salas conformadas serían iguales en la Constitución, en tanto que la Ley Orgánica del Poder Judicial establecería la materia de cada una (civil, penal y contencioso administrativo electoral) y, adicionalmente a la designación del magistrado que sustituya a María Viguerías, se requeriría nombrar a dos más.
El Congreso queda como única autoridad que pueda nombrar a magistrados, eliminando de la constitución el plazo falta de siete días para hacerlo o que pasara al ejecutivo y luego a la negativa ficta.
En este mismo sentido, quedó establecido que los 35 años serán la edad mínima y los 55 la máxima para llegar a una magistratura, así como la jubilación forzosa al cumplir los 70 años.
Llevará Consejo de la Judicatura administración financiera del Poder Judicial
Con el argumento de permitir que el Supremo Tribunal de Justicia (STJ) se dedique a la impartición de justicia y se desligue de la administración de sus bienes, los diputados aprobaron devolver al CJE la facultad de administrar financieramente los bienes y recursos humanos del Poder Judicial. Para ello y a fin de garantizarle la continuidad de su autonomía, le dan mayoría en la conformación del Consejo, que pasaría integrarse por El presidente del STJ, un representante de los magistrados, uno de los jueces civiles y otro de los jueces penales. Se crearía una estructura del CJE y el STJ tendría que destinar parte de su presupuesto a la adquisición de instalaciones y mobiliario, así como recursos humanos para que de manera independiente realice ésta y el resto de sus funciones. Ese recurso se deberá prever ya en el presupuesto de egresos de 2011.
Establecerá la Constitución principios rectores del nuevo sistema de justicia penal
Otra parte de la reforma establece que los principios de Publicidad, Contradicción, Concentración, Continuidad e Inmediación, rijan la implementación y aplicación del Sistema de Justica Penal Adversarial que deberá quedar completamente implementado en el año 2016.
La idea es que sean procesos abiertos al público, donde el acusado y el acusador puedan verse entre sí y con el juez, donde se lleven a cabo menos audiencias y éstas sean más sustanciosas y el proceso pueda culminar aproximadamente en 6 meses.