- Tiene el Congreso pre dictamen aprobatorio de las reformas a la Constitución
- Se erige Congreso como “gran jurado”, salvo en el caso de los jueces del STJ
Las comisiones de justicia y de gobernación y puntos constitucionales en el Congreso del estado tienen listo ya un pre dictamen que aprueba la inclusión del Consejo de la Judicatura, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE), el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y los integrantes de la Comisión del Instituto de Transparencia del estado (ITEA), entre otros, como sujetos contra los cuales se pueda solicitar juicio político.
Al conjuntar dos iniciativas, una de reformas a un artículo de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos de la entidad y la otra a nueve de la Constitución Política de Aguascalientes, el Legislativo local se erige como “gran jurado” para declarar, por dos terceras partes del pleno, si el juicio procede o no. Las resoluciones de los diputados locales en este sentido, según las modificaciones propuestas, “son inatacables”.
Junto con los ya mencionados, se genera la posibilidad de someter a juicio político “los titulares de los organismos públicos descentralizados (…), de los organismos autónomos y los directores generales de las empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos”.
La reforma define también que tanto el gobernador, como el presidente municipal, síndicos y regidores, diputados locales y todos los servidores antes citados, puedan ser sujetos de responsabilidad penal, aún cuando tengan fuero, si violan la Legislación Penal del estado o incurren en enriquecimiento ilícito durante su encargo.
En este caso, para proceder contra jueces del Poder Judicial, se requiere que sea el pleno del Supremo Tribunal de Justicia del estado (STJ) quien decida si ha lugar o no la causa.
Si el documento obtiene el voto de la mayoría en el Congreso, todos estos funcionarios perderían el fuero al terminar su periodo, gracias a que la reforma incluye modificaciones al artículo 79 constitucional, que actualmente marca que, al dejar de serlo, sólo conservan esta garantía los servidores públicos de elección popular y los magistrados del STJ.
Además, ninguno de los funcionarios o ex funcionarios que hayan obtenido sentencia condenatoria bajo estos nuevos ordenamientos podrá gozar del indulto.
En el caso de la responsabilidad administrativa, podrá imputársele a “los servidores públicos que en el desempeño de su cargo o comisión incurran en actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia (…) de sus funciones, el manejo indebido de fondos y recursos del estado y los municipios”.
Éstos deberán ser sancionados “por la autoridad”, con base en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, además de con la destitución e inhabilitación y sanciones económicas.
La reforma que sería aprobada en un año en que procesos como la sucesión en la CEDH y el Consejo General del IEE se vieron judicializados por presuntos intereses políticos y partidistas de los legisladores locales y en que el promovente de una de las iniciativas, César Amando Cervantes Mena, formó parte de un grupo de legisladores que demandó juicio político en contra del alcalde de la capital y que la mayoría priísta declaró improcedente.