- Se publicó el 11 y 12 de enero; falta una para concluir el padrón en la entidad
- De los beneficiarios, nacidos desde 1909; son deudos de fallecidos los que pueden cobrar
Otros 82 aguascalentenses aparecieron como beneficiarios de la trigésimo segunda lista de apoyos a los extrabajadores migratorios mexicanos mediante el fideicomiso 2106, que se publicó los pasados 11 y 12 de enero, a pesar de que era esperada para finales de diciembre de 2009.
Esta lista es la tercera que se publica desde la modificación por la que, en lugar de recibir en una exhibición los 38 mil pesos que del fideicomiso les correspondían, cobrarán ese monto pero en un plazo de 20 años; a los beneficiarios que en ella aparecen, se suman 4 mil 66 ex migrantes que ya han aparecido en esta modalidad y únicamente 416 a los que ya se les cubrieron los 38 mil pesos por completo, según se obtiene de todas las listas que aparecen en el portal de internet del Diario Oficial de la Federación (DOF).
Aunque no cuenta con una cifra precisa de cuántos ex braceros del estado han conseguido ya su registro dentro del programa, la Secretaría de Gobernación (Segob), que se encarga del registro de los beneficiarios y la publicación de las listas en el DOF, informó a La Jornada Aguascalientes que con la siguiente lista de beneficiarios, para cuya publicación no hay aún fecha definida, se cubriría el global de quienes actualmente están registrados.
En la última lista, el más joven de los ex braceros aparece con fecha de nacimiento el 13 de marzo de 1944 y el más viejo, el 20 de julio de 1914; sin embargo, en listados anteriores hay quienes nacieron en años como 1904 ó 1906.
El fideicomiso se creó para beneficiar a los mexicanos que migraron a Estados Unidos para trabajar como braceros entre los años 1942 y 1964, fechas en las cuales se encontraban en el límite de los 18 años o tenían ya la mayoría de edad.
La entrega en pagos anuales de 4 mil pesos ha causado molestia en los beneficiarios precisamente porque todos pasan ya los 70 años de edad y saben que muy probablemente no les sea liquidado el apoyo antes de morir; aún así, al fallecer el exbracero que ha comprobado sus años de trabajo en la Unión Americana, su viuda o sus hijos pueden beneficiarse.
En el caso de las mujeres, deben presentar ante la Secretaría el acta de matrimonio con el beneficiario y su acta de defunción, en tanto que los hijos requieren presentar el acta de matrimonio de los padres y el acta de defunción de ambos. En caso de que el exbracero fallecido no haya dejado descendencia, se da por concluido el programa.
El personal de la Segob dijo no contar con cifras de los exmigrantes que aún no logran acreditar haber trabajado en el vecino país en esos años, para la cual se les pide presenten registro en el padrón de la Secretaría de Gobernación; una identificación oficial (credencial de elector, pasaporte o cartilla del Servicio Militar Nacional) que los acredite como ciudadanos mexicanos y que acrediten haber sido trabajadores migratorios mexicanos con un contrato individual de trabajo, celebrado por cualquier compañía o contratante en Estados Unidos de América, bajo el Programa de Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942-1964, o comprobante de pago emitido por el contratante o la tarjeta de identificación consular ( mica café ).