- Podrían ser suspendidos e incluso inhabilitados para ejercer un cargo público según la gravedad
- Será la Contraloría General del Estado quienes analicen cualquier denuncia que se presente
Personal del Tribunal de Arbitraje de Aguascalientes que omita notificar los emplazamientos y atrasen procesos bajo los términos de ley podrán ser sancionados.
Se aprobaron las reformas al artículo 151 del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus Municipios, Órganos Constitucionales Autónomos y Organismos Descentralizados permitiendo ahora que los servidores públicos del tribunal de arbitraje puedan ser sancionados por omisiones que retrasen procesos de dicho organismo.
Según señaló la diputada Natzielly Teresita Rodríguez Calzada, a pesar de que en la ley antes mencionada marca los plazos y los términos bajo el cual debe de operar el Tribunal de Arbitraje en las diligencias, los procedimientos siguen siendo largos y tediosos: “Existen algunos que en teoría deberían tener una duración de seis meses a un año, en algunos casos llegan a extenderse hasta tres años”.
Afirmó la diputada en la exposición de motivos de la iniciativa que la omisión es principal causa de retraso de los procedimientos llevados en el tribunal pues no se hace la notificación de emplazamiento a la entidad o dependencia hasta en cuatro ocasiones, provocando que las audiencias se difirieran constantemente.
Aquellos funcionarios que realicen esta clase de omisiones serán sancionados por la Contraloría General del Estado conforme lo establece la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes. Según la gravedad de la omisión del funcionario público, podría ser acreedor de una suspensión temporal o definitiva, sanciones económicas e incluso la inhabilitación definitiva para desempeñar cargos públicos.