Proselitismo a través de populismo al revés / Sobre hombros de gigantes  - LJA Aguascalientes
26/11/2024

Uno de los fines esenciales al crear la Ley de Participación Ciudadana para Aguascalientes, entre los años 2017 y 2018, era el de garantizar y consolidar la democracia participativa de la sociedad. 

Esto, ya que formar parte de la democracia no es solo ir a votar en día de elecciones u opinar sobre política a través de medios o redes sociales, como regularmente se ha hecho creer; la democracia es el gobierno del pueblo por el pueblo, lo que durante años no se ha cumplido a través de grupos políticos que sólo han buscado beneficios personales (Mouse Land).

La norma buscaba que la ciudadanía fuera escuchada sobre temas de importancia en donde estén en juego su vida social (plebiscito, consulta ciudadana, etc.); que tuviera el poder de avalar o rechazar acciones de la autoridad (referéndum), e incluso pueda quitarle el poder a aquellos que no cumplen con su función de servir al pueblo que representan (revocación de mandato); también que propusiera temas de importancia para legislar, que regularmente quedan en el olvido por intereses de partidos, siempre y cuando no se trataran de temas que violentaran derechos humanos o generaran división e incrementaran el odio y la discriminación.

Si bien esta Ley es trascendental, en su momento indiqué que algunas de sus palabras y contenidos podrían generar problemas de aplicación. Por ejemplo, de acuerdo a la ley, el plebiscito, referéndum y la revocación de mandato pueden rechazarse si no son trascendentes para el orden público e interés social; la pregunta es ¿cómo se determina qué es de orden público e interés social? ¿recordamos que estos conceptos vienen de los sistemas autoritarios, donde el interés del Estado es más importante que el interés de la persona? También de acuerdo a la Ley, estas solicitudes podrán rechazarse si la motivación o argumentación no tiene relación con el acto o sus razones, o cuando no cumplan con las formalidades de la Ley; en consecuencia, se sigue monopolizando por “expertos” los derechos de personas “no expertas” (Michel Foucault dijo que el sistema jurídico era así, para que los abogados adquirieran el monopolio y no la ciudadanía).

La “iniciativa ciudadana”, que es el poder presentar iniciativas de Ley, quedó estructurada de tal manera que las y los ciudadanos no tienen el derecho a formular iniciativas en materia electoral, fiscal, administrativa, penal o relacionadas con los derechos humanos, lo cual es entendible para evitar que se presenten iniciativas que vayan en contra de derechos reconocidos por la Constitución o por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, sean discriminatorias, ilegales o que incentivan el odio de conciencias populares incorrectas, pues la democracia no implica imponer creencias o sentires, sino respetar a los otros por ser otros y garantizar los derechos de todas y todos.

Hoy, tenemos el desafortunado precedente de que la mayoría de los consejeros que integran el Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, ha validado la presentación de una iniciativa ciudadana, más populista que ciudadana, que pretende establecer que la Constitución Local y otras normas, “protejan” la vida desde la concepción, lo que va en contra de la Ley de Participación Ciudadana, el Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos, la lógica y el sentido común, al estar a favor de una visión discriminatoria contra la mujer, por lo que una Institución que debe salvaguardar la democracia, avaló el inicio de un proceso para que el populismo que divide y confronta a la sociedad pueda convertirse en ley.

Una iniciativa de este tipo no es válida de acuerdo a la norma de participación ciudadana, pues trata de regular la forma de entendimiento y protección de un derecho humano, e implícitamente el resultado conlleva a una reforma en materia penal, que es donde se determina la protección de la vida a través de la sanción de conductas que la destruyan. Esto no está sujeto a cálculos de intereses sociales, a creencias de grupo, y a mentes discriminatorias, sino a la ciencia y a la progresividad en materia de derechos humanos prevista en el artículo 1º de la Constitución Federal, que no permite realizar adecuaciones legales que restrinjan o limiten derechos que han sido ganados por las personas. Entre más prohibiciones, de lo que eran libertades, más restricciones a la libertad, lo cual no está permitido por nuestro sistema jurídico en conjunto. 

Es evidente que esta iniciativa no trata de defender la vida o generar la protección a un derecho, sino que es una forma enmascarada de comenzar con un proselitismo electoral fuera de los tiempos establecidos para ello; se trata de condicionar a una mayoría votante para las próximas elecciones, en un enfrentamiento directo con la Administración Federal que pretende realizar modificaciones constitucionales para establecer una norma general que indique los delitos, y entre ellos proteger los derechos de la mujer a una interrupción voluntaria de su embarazo en determinados tiempos y situaciones. Se trata de condicionar a una mayoría votante en nuestra sociedad altamente cargada de conservadurismo que se cierra al diálogo y al equilibrio en el ejercicio de los derechos, queriendo imponer voluntades basadas en creencias religiosas en contra de la ciencia y la evolución humana. Lo peor del caso es que estando en un país en el cual las Instituciones siguen debilitándose y ante una fuerte campaña de desprestigio a la credibilidad de las autoridades en materia electoral, parece que gustosamente le abonen a la campaña con esta clase de decisiones. 

Y recuerden amig@s, resistan la tentación de hacer lo popular, hagan lo correcto (Teddy Roosevelt).



Show Full Content
Previous Cómo aportar un granito a la huella ecológica
Next Las mujeres encabezarán las listas de representación proporcional en Aguascalientes/ Meridiano electoral 
Close

NEXT STORY

Close

Biodiversidad: Alucinación compartida

01/10/2017
Close