El Derecho de Acceso a la Información Pública: su utilidad en el combate a la violencia contra las mujeres - LJA Aguascalientes
22/11/2024

Brenda Macías y Zulema Martínez 

 

Año con año, el 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer al 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos, la Organización de las Naciones Unidas impulsa la campaña “Únete”. Durante estos 16 Días de Activismo en contra de la violencia de género, personas, instituciones y organizaciones en el mundo, emprenden la realización de diversas acciones y actividades sobre la prevención y concientización de la violencia que sufren mujeres y niñas, con un claro objetivo: su erradicación.

El compromiso de todas y todos, desde nuestros ámbitos personales, familiares, profesionales, o de convivencia social, debería ser colaborar con esta campaña. Estamos convencidas de que cada día somos más quienes nos estamos sumando para coadyuvar a terminar con este lastre histórico, que durante tantos años ha vejado la dignidad de las mujeres y que no reconoce fronteras porque es mundial.

En congruencia con ello, queremos contribuir con el presente texto, resaltando la relevancia y utilidad del derecho de acceso a la información pública en la prevención y combate a la violencia de género. Como punto de partida, abordamos el tema de que en cualquier nivel de gobierno, en cualquiera de los 3 poderes, en organismos autónomos, partidos políticos o sindicatos; además de las responsabilidades propias de nuestros encargos, tenemos la obligación primigenia de garantizar la igualdad entre mujeres y hombres.

Para este fin, el acceso a la información pública es una herramienta indispensable, partiendo de que para las mujeres, conocer las funciones y obligaciones de cada instancia, les permite un acercamiento a los programas y beneficios a los que puede tener acceso. En este sentido, la información las empodera. Nos empodera. 

En efecto, dentro del catálogo de obligaciones públicas de transparencia para todos los entes que utilizan recursos públicos, en términos de la Ley General de la materia, y las de los Estados, se encuentran temas como: organigramas, sueldos, servicios, estadísticas, informes, condiciones de trabajo, curriculums, indicadores, programas, entre otras temáticas que nos permiten conocer su actuar, su composición y lo más importante: sus acciones.

Una persona empoderada cuenta con más y mayores medios y herramientas para conocer y, por lo tanto, exigir el cumplimiento de sus derechos. A la vez que le permite obtener mejores elementos que favorezcan su pleno desarrollo. Impulsándose de este modo la consecución de la igualdad no solamente rescatada de un documento, sino materializada y ejercida a plenitud. 

¿Por qué? Porque el acceso a la información pública es un derecho humano llave para acceder a otras prerrogativas, como la justicia, la no discriminación, la no violencia.  


Aunado a ello, destacamos otra utilidad: transparentar la información que se genera en materia de eliminación de la violencia de género y procuración de la igualdad entre mujeres y hombres, contribuye a tener datos estadísticos e indicadores de calidad debidamente organizados, como ya lo dijimos porque esta información es de carácter público y obligatorio el reflejarla en portales y en la plataforma nacional de transparencia. 

Esta información, a su vez, representa un gran valor, ya que además de servir de base para elaborar políticas públicas, programas, planes y acciones, también permite llevar a cabo su evaluación, medición, rediseño o continuidad. De lo contrario, aún cuando se realicen e implementen diversos planes, la información que no se publicita, que no se transparenta, no nos aporta ningún beneficio real. 

Por decir un ejemplo, con base en la información pública es que se puede conocer la proporción de mujeres que ocupan lugares directivos dentro de los gobiernos, sus grados académicos, sueldos, productividad, en comparación por ejemplo con el porcentaje de mujeres que ocupen los niveles bajos en cuanto a la percepción salarial y las condiciones de la contratación. Pueden existir dependencias públicas que se jactan de tener contratadas grandes cantidades de mujeres en proporción con los hombres, pero, como lo hemos advertido de la verificación de portales de información pública, si bien ello puede ser cierto, también lo es que esas mujeres ocupan categorías inferiores salarialmente hablando. 

Como conclusión, no nos queda más que reiterar que si utilizamos la información pública sistematizándola y focalizándola hacia un tema de interés público internacional, nacional, estatal o municipal como es la erradicación de la violencia de género; podremos contar con más nociones y elementos para dirigir nuestros esfuerzos hacia el logro de la meta buscada. 

Podremos concluir este artículo con la siguiente frase “la nueva fuente de poder no es el dinero en manos de pocos, sino la información en manos de muchos”, (John Naissbit).


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