El Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) tiene por objeto aplicar las bases generales, políticas públicas y procedimientos generados por el Sistema Nacional Anticorrupción, para la coordinación entre las autoridades de todos los poderes y órdenes de gobierno en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos, en este sentido, su tarea no es sustituir a los diferentes componentes en la lucha de los actos deshonestos, sino coordinarlos.
En el complejo entramado, el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes (ITEA) forma parte del Comité Coordinador y constituye uno de los pilares elementales del SEA, sus funciones como organismo garante del derecho de acceso a la información son promover, fomentar y difundir la cultura de la transparencia en el ejercicio de la función pública, el acceso a la información, la participación ciudadana, así como la rendición de cuentas.
Derivado de la contingencia sanitaria, el Comité de Participación Ciudadana (CPC) y la Secretaría Ejecutiva del SEA crearon el Micrositio “Acciones y Programas ante la emergencia por Covid-19 en Aguascalientes” para informar a la sociedad y dar seguimiento sobre las acciones realizadas por los entes públicos del Estado, en específico las contrataciones públicas y la implementación de programas y políticas para hacer frente a la pandemia.
Ahora bien, desde la perspectiva del suscrito, el micrositio creado por el CPC y la Secretaría Ejecutiva del SEA no cumple con los estándares emitidos por el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (SNT) en cuanto al fondo y forma en que se da publicidad a la información generada y obtenida por los sujetos obligados.
Lo anterior en virtud de que la información publicada en el micrositio encuadra dentro de diversas fracciones de las obligaciones generales por un lado, por otro, el micrositio es considerado una política de transparencia proactiva implementada por los distintos sujetos obligados del ámbito estatal que participan en la alimentación de la información, por lo que se debe de atender a los Lineamientos para determinar los catálogos y publicación de información de interés público; y para la emisión y evaluación de políticas de transparencia proactiva, emitidos por el SNT.
El 13 de julio del presente año, el ITEA Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes publicó el Acuerdo General 005/2020 mediante el cual se reconoció el cumplimiento proactivo de las obligaciones de transparencia por parte de los sujetos obligados del ámbito estatal durante el periodo de contingencia y suspensión de plazos. Dada la información que generó el SEA en su micrositio, parecería que nos contradecimos, pues aquel acusa la falta de información, nosotros reconocemos una serie de entes que, a pesar de la pandemia, cumplieron en tiempo y forma con subir sus obligaciones.
Es importante destacar que, si bien, la facultad rectora en materia de transparencia y acceso a la información pública corresponde a los organismos garantes, esto no constituye una limitante para que otros entes públicos realicen acciones y políticas que tengan por objeto la transparencia de manera proactiva. Sin embargo, como ha quedado precisado, estas acciones se realizan por los sujetos obligados en coordinación con el ITEA y atendiendo en todo momento las disposiciones normativas y los lineamientos emitidos por el SNT.
No tengo dudas, aplaudo la iniciativa del sitio de transparencia proactiva del CPC y la Secretaría Ejecutiva, sin embargo, provoca los siguientes problemas: pareciera que se contradice con lo que hace el ITEA, se sustituye en la competencia de éste, no sigue los lineamientos del SNT y lo más grave: se da a la sociedad la impresión de que no estamos coordinamos, de que el SEA no está haciendo su tarea: ponernos a todos de acuerdo. Si no lo logra, si alguien se va por la libre, en el fondo fallamos todos: CPC, secretaría ejecutiva, ITEA, OSFAGS, OIC’s y en general todos los que formamos el SEA. No quiero decir que no debieron hacerlo, solo que, en todo caso, debió instruir al ITEA o al menos sumarlo, para la creación de ese sitio.
Hay otra reflexión que me mueve a escribir esto: si el CPC o la Secretaría Ejecutiva comienza a hacer tareas sustantivas de los otros entes, terminará iniciando carpetas de investigación, auditorias, resolución de transparencia, etcétera. La génesis del SEA no es esa. Ante esta preocupación legítima, propuse un acuerdo general a mis compañeros del pleno del ITEA, que votaremos en nuestra siguiente sesión extraordinaria, para tratar de que esto no nos vuelva a pasar; después de todo, en el fondo perdemos las instituciones y los ciudadanos, si el SEA no cuaja, coordinadamente, las políticas anticorrupción.