Se enojó el Ministro/ Sobre hombros de gigantes  - LJA Aguascalientes
22/11/2024

En México, tuvo que llegar una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación del año 2009 aceptara el control difuso y el derecho internacional de los derechos humanos como mecanismos internos para satisfacer necesidades humanas. 

En cambio, para las Legislaturas Locales del país no ha sido una, ni dos, ni tres sentencias donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido la inconstitucionalidad de normas, ya sea porque se afectan los derechos de los menores de edad cuando se les pretende privar de educación sobre salud sexual por decisiones unilaterales, porque son confusas e indeterminadas sus redacciones, pretenden modificar la intención democrática del voto, o al crearlas se ejercen facultades que no les corresponden. Pues ni tres, ni cuatro o más sentencias de ese tipo han logrado que los legisladores de diversos Estados acaten el orden Constitucional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y garanticen los derechos de sus individuos y sociedades.   

Tal vez sea importante recordar que los derechos humanos y fundamentales no están sujetos al cálculo de intereses políticos o escrutinios de un grupo específico, sino que se dirigen a personas concretas, a las cuales debe otorgárseles un mínimo de bienestar para vivir dignamente como seres humanos. En consecuencia, en una relación de derechos humanos y fundamentales se encuentran los titulares de los derechos (personas) y los sujetos obligados a respetarlos (autoridades y civiles), y entre esos sujetos obligados se encuentran los Poderes Legislativos que, particularmente, representan a la sociedad, no a intereses partidarios o formas individuales de pensar. 

Los Poderes Legislativos, al igual que los demás Poderes del Estado (entre ellos sus órganos constitucionales autónomos) están obligados a aplicar directamente la Constitución y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos cuando ejecuten sus actividades. En este sentido, si la actividad es crear una Ley, ésta no puede ir en contra de los derechos de las personas, y mucho menos ignorar los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pues sus sentencias y jurisprudencias son obligatorias para toda autoridad, no solo la Judicial, y en consecuencia deben cumplirse al llevar a cabo la toma de decisiones. En la actualidad ya no es argumento válido el que los criterios judiciales sólo le aplican a los órganos jurisdiccionales, sino que de acuerdo a los artículos 1º y 133 de la Constitución Mexicana y Tratados Internacionales en materia de derechos humanos, y de la propia Constitución Política de Aguascalientes en su artículo 2º, todas las autoridades tienen la obligación de respetar y proteger esos derechos, y quien no lo haga, como lo dijo el Ministro Presidente Arturo Zaldívar, realiza actos contra la Constitución y la Democracia, e incluso estarían cometiendo un delito. 

Al día de hoy, tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos como nuestra Suprema Corte de Justicia están enmendado la plana a diversas autoridades mexicanas y explicándoles que los sistemas de creación normativa no son sistemas de autómatas que aprueben una ley y no puedan ver más allá; sino que son sistemas de protección de derechos humanos de todos aquellos que estamos en suelo mexicano. A pesar de lo anterior, seguimos viendo como las leyes siguen siendo producto de escritorio, y no del contacto directo con la realidad, o por lo menos volteando los ojos hacia otro lado al momento de crearlas. En lugar de hacer normas que obliguen a las autoridades a cumplir con sus funciones constitucionales de protección y satisfacción de derechos humanos y fundamentales, se siguen aprobando leyes que lentamente van destruyendo los derechos y garantías, y mantienen un sistema social acrítico y restrictivo, disfrazándolo de benéfico y supuesto protector de derechos. 

El camino a seguir es el de crear e implementar políticas públicas integrales para la satisfacción de necesidades humanas en forma digna para el desarrollo adecuado del ser humano; y no dejar de caminar con políticas restrictivas de las libertades que no generan evolución social, y solo incrementan el miedo, el odio, el egoísmo, la división y la violencia. Pero como siempre, las leyes y el derecho son la bandera imperante para obtener grandes canteras de votos. Ahí es dónde realmente vemos en qué lugar nos tienen a los demás, y la diferencia esencial entre servir al pueblo o para qué les sirve el pueblo. Ya lo dijo el Ministro Zaldívar; esperemos que a él si le hagan caso.


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