La corrupción al ser una problemática multifactorial, tiene que ser prevenida y combatida desde diversas trincheras, con el apoyo de componentes como lo son: leyes, acciones, programas, sistemas, reglamentos, sanciones, etc., dentro de esos componentes se encuentran los códigos de ética y conducta, que según la Auditoría Superior de la Federación reflejan los principios éticos y pautas de comportamiento de aplicación general y fomento de un ambiente institucional enfocado a la integridad y al combate a la corrupción.
Los códigos de ética y conducta, por ende, se vuelven un componente preventivo dentro del combate a la corrupción, brindan a los servidores públicos nociones de cómo tiene que ser su actuar al interior de su organización, además, coadyuvan a mejorar la percepción del ciudadano hacia las instituciones.
En relación con ello, el artículo 16 párrafo primero de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), prevé que todo servidor público debe sujetar su actuación al código de ética aplicable al ente público a que esté adscrito, facultando a la Contraloría del Estado o al órgano interno de control que corresponda, para expedir tal código, mismo que debe apegarse a los lineamientos que para el efecto emita el Sistema Nacional Anticorrupción.
Los lineamientos fueron expedidos el 13 de septiembre de 2018 por el Comité Coordinador Nacional del Sistema Nacional Anticorrupción. En ejercicio de la atribución de referencia aprobó el Acuerdo por el que se dieron a conocer los Lineamientos en cuestión, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 12 de octubre de ese mismo año, entrando en vigor al día siguiente.
En Aguascalientes para apoyar a los entes en la publicación de sus códigos de ética, aparte de los lineamientos publicados por el Comité Coordinador Nacional, el Comité Coordinador Estatal, después de realizar un diagnóstico del contenido de los códigos de ética arrojando que éstos no se ajustaban a lo previsto en la LGRA y los Lineamientos antes citados, aprobó un Código de Ética Tipo el 8 de marzo de 2019, que tiene una naturaleza orientadora en cuanto a la forma en que pueden traducirse de manera normativa los multicitados Lineamientos. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción, por su parte, impartió una capacitación dirigida a los OIC, y organizó el panel “Cómo construir un Código de Conducta” en las instalaciones del Congreso del Estado.
En consecuencia, los entes públicos estatales y municipales de Aguascalientes, tienen que emitir (en caso de no tenerlo) o ajustar sus respectivos códigos de ética, cumpliendo los parámetros fijados en dichos lineamientos.
Los códigos de ética deben de contar con: principios, valores y reglas de integridad, y para su aplicabilidad los lineamientos emitidos por el Comité Coordinador Nacional, en su disposición décima primera, señalan que cada ente público (con previa aprobación de su Órgano Interno de Control) emitirá un Código de Conducta para especificar concretamente la forma en que las y los servidores públicos aplicarán esos principios, valores y reglas contenidos en el código de ética.
La importancia de que la instancia competente emita ambos códigos con apego a los Lineamientos, es evitar un riesgo de impunidad. De no hacerse así, no hay fundamento para sancionar su inobservancia, es decir, para castigar los actos u omisiones de los servidores públicos que incumplan o transgredan la obligación de cumplir con sus funciones y atribuciones en término que establece su código de ética, lo que en términos del artículo 49 fracción I de la LGRA, constituye una falta administrativa no grave.
En el Segundo Informe del Comité Coordinador de la Sesea se reportó que a inicios de diciembre, 36 entes públicos habían emitido sus códigos de ética y 7 el de conducta, lo que no necesariamente implica que cumplan con los lineamientos establecidos.
Para coadyuvar a que se logre la emisión de estos documentos cumpliendo con los lineamientos correspondientes, el Comité Coordinador de la Sesea emitió las recomendaciones REC-CC-SESEA-2019.15-28, en diciembre de 2019, para solicitar a los órganos internos de control de diversos entes públicos del Estado de Aguascalientes y de sus municipios la emisión de su código de ética y de conducta, o su adecuación conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como los lineamientos emitidos por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.
Tras las recomendaciones, a través del seguimiento realizado desde la Sesea, se cuenta con la información de que 46 de los 51 entes públicos que cuentan con OIC han emitido su Código de Ética, y 17 de los 51 han emitido su código de conducta; lo que significa que, tomando como referencia el corte reportado en el Segundo Informe del Comité Coordinador, se han publicado 10 códigos de ética y 10 códigos de conducta más. En la página web oficial de la Sesea se encuentra el semáforo de cumplimento de estos códigos, el cual puede ser consultado por la ciudadanía en general, aclarando que en él se reporta que el código fue emitido con la intervención que le corresponde al OIC respectivo, y no constituye un pronunciamiento sobre el cumplimiento de los Lineamientos del Comité Coordinador Nacional en su construcción.
El avance con respecto a los códigos de ética es significativo, ahora queda esperar que los entes públicos refrenden su compromiso al emitir sus códigos de conducta, y con ello colaboren en la prevención y combate a la corrupción.