- Con 20 votos en contra, cuatro votos a favor y tres abstenciones, vetó la propuesta que dejaba de criminalizar a las mujeres que interrumpen un embarazo
- Sin la posibilidad de salir a las calles por las medidas de confinamiento social que implica la pandemia del Covid-19, en redes sociales las mujeres han estado atentas a las discusiones
En medio de la contingencia por el Covid-19 en las agendas legislativas locales se están reavivando las discusiones para despenalizar el aborto, esta ocasión el Congreso de San Luis Potosí con 20 votos en contra, cuatro votos a favor y tres abstenciones, vetó la propuesta que dejaba de criminalizar a las mujeres que interrumpen un embarazo.
En sesión virtual legisladores y legisladoras rechazaron reformar los artículos 148, 149 y 150 del Código Penal, así como otros artículos de la Ley de Salud estatal para garantizar a la mujeres el derecho a interrumpir un embarazo de manera voluntaria antes de las 12 semanas de gestación, y que el Estado garantizara el acceso a la información, educación y los medios para ejercer sus derechos sexuales y reproductivos.
Entre quienes defendieron la propuesta estuvo la diputada del Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Marité Hernández Correa, quien dijo que buscaban que las mujeres tengan amplias posibilidades de elegir sobre su cuerpo y una maternidad deseada. También que la Secretaría de Salud cuente con las medidas y protocolos necesarios para garantizar el aborto seguro.
De la bancada de Morena y quien presentó la iniciativa, Alejandra Valdés Martínez, refirió que integrantes del Congreso han celebrado tener una legislatura con paridad de género y dijo estar a favor del movimiento para reivindicar los derechos de las mujeres, pero al momento de poner en debate la despenalización del aborto dejan de lado ese argumento.
Pedro César Carrizales Becerra, diputado de Morena, refirió en su turno que el aborto es algo que se seguirá practicando sea o no legal, y que las mujeres con privilegios podrán acceder a una práctica segura y fuera de la entidad, mientras que las mujeres de escasos recursos seguirán siendo víctimas de fallecimientos por procedimientos inseguros. De abril de 2007 a septiembre de 2019, unas 186 mujeres de San Luis Potosí recibieron el servicio de aborto en la Ciudad de México donde es legal hastas las 12 semanas de gestación.
Ante el rechazo de la propuesta las integrantes de Marea Verde San Luís Potosí propusieron manifestarse a través de las redes sociales con un “Pañuelo virtual” donde animan a las mujeres a compartir una fotografía con su pañuelo verde en redes sociales con la etiqueta #SeráLeySanLuisPotosí.
¿Opositores aprovechan pandemia?
San Luis Potosí no es la única entidad que esta semana decidió llevar a debate las propuestas legislativas para despenalizar el aborto, también en Guanajuato iniciaron ayer 20 de mayo mesas de trabajo virtuales con feministas y opositores a los derechos de las mujeres para escuchar sus argumentos en torno al tema. Sin la posibilidad de salir a las calles por las medidas de confinamiento social que implica la pandemia del Covid-19, en redes sociales las mujeres han estado atentas a las discusiones.
Con el veto a la reforma, San Luis Potosí sólo permite el aborto en cuatro casos: violación, riesgo para la vida de la mujeres, inseminación artificial no consentida e imprudencial. Aunque el estado protege en su Constitución la “vida desde el momento de la concepción” las mujeres pueden abortar de manera legal bajo las causales antes mencionadas.
No obstante, se han documentado casos en los que se niega el acceso al servicio. Así quedó evidenciado en la Recomendación 49/2018 que emitió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por la violación sexual de niña de 15 años de edad con discapacidad intelectual. En 2017 el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el estado le negó el servicio de aborto, los médicos argumentaron que “la Ley del IMSS y el Reglamento de Prestaciones Médicas no contemplan la hipótesis de la interrupción del embarazo.
La CNDH comprobó que se omitió lo establecido en el Código Penal estatal, la Ley General de Víctimas y la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 06) que garantiza el derecho de las mujeres a interrumpir un embarazo producto de una violación sexual sin la necesidad de presentar una denuncia penal.
Arleth García Sánchez|Cimacnoticias