Presentó Mónica Delgado iniciativa legal que protege a víctimas de delito - LJA Aguascalientes
23/11/2024

Con el propósito de proteger a la víctima de delitos no consumados, de los testigos que declaren en contra del presunto responsable, así como de evitar la posterior culminación del acto delictivo, la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) en el Congreso del Estado, por medio de la diputada Mónica Raquel Delgado Enríquez, presentó una iniciativa para reformar el artículo 482 de la Legislación Penal del Estado de Aguascalientes.

Esto dado que la legislación actual contempla que, en caso de que el delito quede en tentativa, es decir, si fue interrumpido o no se pudo consumar, el presunto responsable tiene el beneficio de la libertad provisional bajo caución durante el tiempo en que el proceso para que se dictamine la sentencia finalice.

Al respecto, Delgado Enríquez comentó que bajo este marco normativo, la persona que había sido aprehendida intentando cometer un delito, no podía ser encarcelada durante el proceso penal, lo cual causaba temor en la persona ofendida “porque posteriormente se podía consumar el acto (delito)” o ser víctima de amenazas por parte del agresor.

La legisladora panista agregó que para poder proteger a la víctima y a sus familiares, fue que se presentó esta iniciativa, por la que una serie de delitos tipificados como graves, “son los que no van a tener esta libertad provisional bajo caución”.

En el proyecto de iniciativa se especifica que estos delitos que no contarán con el beneficio de la libertad provisional, aún cuando no sean consumados, son: el homicidio doloso en general, corrupción de menores, la violación, la violación equiparada, la desaparición forzada de personas, el secuestro en todas sus modalidades, y la trata de personas.

La diputada panista indicó que antes de presentar esta iniciativa, y con el fin de evitar que se pudiera prestar a confusiones, tuvieron mucho contacto con las instancias encargadas de aplicar la ley, los cuales dieron las bases para realizar esta modificación, de tal manera que “les permitiera ser más claros y objetivos en el proceso para poder dictaminar una sentencia”.

Por otra parte, agregó que la condena se puede reducir sustancialmente en un delito cuando es calificado como tentativa, por lo que si la legislación establece una sentencia de 10 años para determinado acto delictivo, en caso de que no se haya consumado, ésta podría ser de la mitad del tiempo establecido, reiterando que con la reforma, el presunto responsable estaría arrestado hasta que se defina la sentencia o absolución según sea el caso.

Añadió que también se tuvieron pláticas con la Procuraduría General de la República (PGR), de las que se llegó a la conclusión de que es importante contar con lugar especial para este tipo de casos, y que las personas que están recluidas a la espera de que se resuelva su situación, no se encuentren encerradas ni en las instalaciones de la policía preventiva, ni en algún Centro de Readaptación Social (CERESO), “sino en una parte intermedia en la que se destine a estos casos”; agregando que una vez que se tiene arraigado al presunto responsable, es más rápido el proceso de averiguación, pues se cuenta con mayores elementos.  

 



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