Milicia vigilante en los tiempos del cólera/ Sobre hombros de gigantes - LJA Aguascalientes
22/11/2024

El lunes pasado, en medio de la situación de confinamiento que nos han impuesto, aprovechando las distracciones y aletargamientos que implica, se publicó un acuerdo del Presidente de la República donde ordena a las Fuerzas Armadas a participar en funciones de seguridad pública. Pero ¿por qué tanto alboroto, si ya lo establecía el quinto transitorio de la reforma constitucional del 26 de marzo de 2019 que creó la guardia Nacional? ¿para qué tanto revuelo, si desde el año 2009, por orden de otro Presidente, la milicia está en las calles haciendo funciones de policía? ¿por qué las quejas al actual dirigente, si él no inició con la militarización de las calles? Justo por eso, por congruencia; una congruencia que no nace del cómo se piensa, o si viene de una idea conservadora o revolucionaria; una congruencia que significa hacer lo correcto.

Hablando de congruencia, curiosamente en mayo de 2009 hice notar que, aprovechando la pandemia de la influenza, el Congreso de la Unión modificó las reglas del consumo y posesión de drogas, e incrementó facultades autoritarias de la Policía Federal, sin debate y discusión. También que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, aplicable desde el 3 de enero de 2009, incluía a los Secretarios de Defensa Nacional y Marina, para integrar el Consejo Nacional de Seguridad Pública, máximo órgano de este sistema. Y en agosto de 2010 reseñé cómo los diputados federales y senadores impulsaban y promovían modificaciones a la Ley de Seguridad Nacional para “legalizar” la participación del Ejército en la lucha contra la delincuencia. Parafraseando a Aldoux Huxley, el Estado policial militar es un Estado sin lágrimas, pues sus ciudadanos aman sus propias cadenas, y no es fue éste gobierno el que militarizó al país, pero ahora lo mantiene y además lo ordena mediante acuerdo, preservando lo inconstitucional de la actividad y, en consecuencia, la violación al Estado de Derecho; y cuando una autoridad se percata de una arbitrariedad, y en lugar de acabarla, la permite, se convierte en coautor o cómplice de esa arbitrariedad. 

¿Es necesario repetir que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en 1996, validó que los Secretarios de Defensa Nacional formaran parte del Comité de Seguridad Pública, órgano administrativo pero no operativo, pero nunca estableció que los militares pudieran cumplir con funciones policiales? ¿Debemos recordar que la Suprema Corte, en noviembre de 2018, declaró inconstitucional la “Ley de seguridad interior”, pues las facultades de las fuerzas armadas estaban delimitadas en las excepciones de la propia carta magna, ¿e incluso el ministro Arturo Zaldívar la tachó de “fraude a la Constitución” al intentar hacer pasar la seguridad interior como seguridad pública? (deja vu con la “Ley Bonilla”, y con el acuerdo actual). A estas alturas de la modernidad ¿aún debemos aclarar que los artículos transitorios de una reforma, no tienen el poder de modificar el contenido de la Constitución, por lo cual la participación de la milicia en función policial sigue siendo inconstitucional? O de plano ¿ya olvidamos el período entre 1933 y 1945, donde la Gestapo fue una policía única militar para mantener el “orden” y “asegurar” la libertad? 

Ni la Constitución Mexicana, ni el Derecho Internacional sobre Derechos Humanos, permiten que la milicia realice funciones de seguridad pública. Amnistía Internacional en varias ocasiones ha señalado las deficiencias del sistema de seguridad pública en México, y ha dicho que en diferentes partes del país se detiene a personas sin sustento y se les niegan derechos básicos. Los mecanismos de rendición de cuentas son tan débiles que en los pocos casos en que se realizan investigaciones oficiales sobre los abusos cometidos, raras veces se lleva a los responsables ante la justicia, lo cual fomenta una cultura de la impunidad. Incluso ha concluido una esquizofrenia en la política de derechos humanos que tenemos desde el 2008, pues mientras en el ámbito internacional somos grandes promotores de esas garantías, en lo interno se siguen violando. La oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para Derechos Humanos (ACNUDH), también ha expresado su descontento por la situación de los derechos humanos en México, y por el empleo de la fuerza policiaca y militar en contra de los ciudadanos, sin una vigilancia real y efectiva de la autoridad.

En síntesis ¿por qué el Estado de Derecho prohíbe que la milicia realice funciones policiales?, porque, aunado a que rara vez hay un proceso justo cuando se exceden en sus acciones, dicha entidad está capacitada para emplear fuerza letal y sin discusión, en contra de amenazas contra el Estado, lo cual no es la base de la seguridad pública, sino de una Defensa Nacional. En cambio, un modelo civil de policía, debe capacitarse para mediar en los conflictos sociales, y tratar de solucionarlos con el mínimo de violencia posible, teniendo como fin principal la seguridad de la ciudadanía, más que la del Estado. Entonces, ¿por qué otras autoridades avalan este acuerdo del Ejecutivo Federal?, ya que los libera de sus irresponsabilidades por falta de implementación de una verdadera seguridad ciudadana, y qué mejor que continuar con el deporte de “aventar la pelotita a otra cancha”.

Si una ley, creada “democráticamente” por los representantes del pueblo, no puede validar la actuación militar en funciones de policía, mucho menos un acuerdo unilateral e impositivo de una autoridad ejecutiva. Por eso la Constitución y el Derecho Internacional sobre Derechos Humanos son una limitación del poder, que jurídicamente protege las facultades y la satisfacción de necesidades que garanticen una dignidad humana, en contra de conductas autoritarias del Estado. 

¿Aun así queremos mantener a la milicia en las calles con el pretexto de la inseguridad? ¿nos hemos percatado que desde hace años se comunica el argumento de que es necesaria para combatir la delincuencia, pero el problema sigue creciendo? Benjamin Franklin dijo que “quienes son capaces de renunciar a la libertad esencial a cambio de una pequeña seguridad transitoria, no son merecedores ni de la libertad ni de la seguridad”. Entonces ¿qué merecemos?


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