La transparencia en fideicomisos, mandatos públicos y análogos/ Arcana Imperii  - LJA Aguascalientes
23/11/2024

Del origen y destino del fideicomiso no podemos saber nada porque no se administró con transparencia ni con rendición de cuentas; ese no puede ser el paso inicial de una administración que pretende desterrar a la corrupción y la impunidad del país.

Leonardo Núñez González, Investigador de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad

 

Estimados Amigos invisibles, entramos ya a la fase 3 de la contingencia sanitaria por el COVID-19, el #QuedateEnCasa es imprescindible, en nosotros está el incremento o decremento de personas contagiadas, sobre todo, por la estadística de muertes que ha generado este virus. Pasando al tema que nos ocupa, recuerda que le mencioné que, el pasado viernes 2 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación -DOF- el Decreto por el que se ordena la extinción o terminación de los fideicomisos públicos, mandatos públicos y análogos.

Le di a conocer también que el término alude a un contrato mediante el cual un individuo (llamado fiduciante o fideicomitente) encomienda dinero o bienes de su propiedad a otra persona jurídica o física (llamado fiduciario) para que los administre en beneficio de un tercero (el beneficiario), luego del cumplimiento de una condición o de un plazo, los transmita nuevamente al fiduciante, al beneficiario o a otro sujeto. El fideicomiso se inicia cuando el fiduciante (quien decide la concreción del contrato) designa a un fiduciario, transfiriéndole la administración de los bienes de los cuales se desprende. En el fideicomiso se especifican los fines de la operación y se nombra al beneficiario de la acción del fiduciario. Cabe destacar que el destinatario final de los bienes puestos en fideicomiso recibe el nombre de fideicomisario que, si bien suele ser el mismo beneficiario, también puede tratarse del propio fiduciante o de un tercero. 

Después de hacer este recordatorio respecto con la relación de las partes que integran un Fideicomiso, y regresando al tema que nos ocupa, con la extinción de los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, recuerde también que esta medida atiende a la Ley de Austeridad Republicana, cuyo objetivo es abonar un mayor espacio fiscal, con ello, se permitirá liberar recursos que podrán ser utilizados a distintos fines -esperemos-.

Antes ese problema tanto de recursos públicos, transparencia y el derecho a saber, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales -INAI, por sus siglas- emitió en días pasados un documento de Transparencia Proactiva titulado “Diagnóstico de Fondos y Fideicomisos Públicos en materia de Transparencia”. Este documento de consulta presenta “un diagnóstico de las disponibilidades y saldos de capitales existentes en los fondos y fideicomisos actualizados; la división, en distintos grupos temáticos, de los 384 fideicomisos y fondos públicos de la Administración Pública Centralizada, al igual que aquellos pertenecientes al poder Judicial y a los organismos autónomos. Además, se brinda una descripción estadística de las solicitudes de acceso a la información que se han realizado a los fondos y fideicomisos (a partir del 2016), los cuales suman la cantidad de 41 mil 034. También, se pueden consultar los recursos de revisión interpuestos por los ciudadanos.

Hace la distinción entre Fideicomisos con y sin estructura, en donde “un fideicomiso con estructura es una entidad del sector paraestatal y cuenta con personalidad jurídica, mientras que un fideicomiso sin estructura no”. Recuerde que le di a conocer que los fideicomisos públicos sin estructura orgánica que se aprobaron para el Presupuesto de Egresos para el ejercicio 2020, suman la cantidad de 740 mil 572.7 mdp. De estos, 15.4% se destina al pago de pensiones y obligaciones laborales; 14.3% forman parte del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud; 29.6% son de los fondos de estabilización de los ingresos presupuestarios y de las entidades federativas, y un 16.2% refieren al cumplimiento de alguna ley vigente o son mecanismos de deuda pública.

El decreto por el que se ordena la extinción o terminación de los fideicomisos públicos, mandatos públicos y análogos exceptúa aquellos fideicomisos que tienen como objeto el pago de pensiones, prestaciones laborales, fondos de estabilización, emergencias de salud y aquellos que mencionan estar en cumplimento de alguna ley vigente. Por lo tanto, una cuarta parte de los recursos en fideicomisos quedarán disponibles; es decir, 181 mil 440.3 mdp.


Ahora bien, ¿Por qué es importante analizar este decreto desde el punto de vista de la transparencia?

Como Usted ya sabe, la Transparencia es una cualidad que permite al ciudadano contar con información clara y precisa sobre algo o alguien, con ello permite elevar su capacidad de comprensión, vigilancia y comunicación. La transparencia de la información debe contar con atributos que van más allá del simple hecho de publicar documentos y datos existentes como son:

*Información de calidad -veraz, clara y oportuna-

*Información congruente -permite que la información sea comparable con otra información relacionada-

*De fácil acceso, comprensiva, relevante y confiable.

De lo anterior, Usted podrá analizar la siguiente tabla:

La tabla presenta las solicitudes de acceso a la información que han recibido los fondos y fideicomisos de 2016 a 2019. 

Creo indispensable realizar un estudio similar en nuestro Estado y analizar el ejercicio de recursos públicos de fondos y fideicomisos en Aguascalientes, sobre todo, de los que reciben mayor presupuesto, incluso dar seguimiento a los que extinguieron Fondo Aguascalientes y Fondo Asunción, si es que realmente los finiquitaron.

La relación entre la transparencia y el derecho a saber de la ciudadanía van de la mano, lo que nos interesa saber es, ¿en dónde y cómo se aplican esos recursos? ¿a quién se destinarán? un sinfín de preguntas que nos tenemos que hacer los ciudadanos de a pie, lo que tendría que ser obligación de las autoridades es: informar. De ahí la correlación entre autoridades y ciudadanía, si quieren que la segunda sea más participativa, luego entonces, den a conocer la información suficiente para estar enterados de que, cuánto, a quienes y como se ejercen los recursos públicos.

Le invito a que genere solicitudes de acceso a la información para ambos Poderes Ejecutivos -Nacional y Local- exponga todas las dudas que tenga en relación a estos decretos.

Ya sabe, alguien lo tiene que decir. Y no dejar que unos lo hagan y los demás lo permitamos.

Le invito también a que revise el documento el cual lo puede consultar en la siguiente liga electrónica: http://inicio.ifai.org.mx/nuevo/fideicomisospublicos.pdf

 

[email protected]

@chazito14


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