Netzahualcóyotl Aguilera, colaborador editorial de este diario, señaló su inconformidad por la deficiente preparación que se les brindó a los funcionarios de casilla que participaron en la pasada elección del 5 de julio. Presuntamente durante la capacitación se les indicó a los funcionarios que los votos que se realizaran a favor de candidatos no registrados se contarían como votos nulos, cuando la ley del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), establece, en su artículo 277 inciso C, acerca de la contabilización de los votos: “Los votos emitidos a favor de candidatos no registrados se asentarán en el acta por separado”.
Aguilera argumentó que tuvo conocimiento de ese asunto por medio de una persona cercana a él -de la cual no reveló su nombre- y quien fungiría como secretaria de casilla, a quien cuestionó acerca de la forma de contabilizar los votos a favor de candidatos no registrados; la funcionaria respondió que la indicación oficial fue que contaran estos votos como nulos.
Días posteriores a la jornada electoral, Aguilera asistió a la casilla donde sufragó para revisar la cartulina donde se registra la distribución de los votos y observó que en el espacio de otros candidatos se escribió cero, cuando el articulista había anotado en este espacio: “democracia directa”, tal como lo había anunciado en una de sus colaboraciones semanales. Este hecho se presentó en la casilla instalada en la escuela Benemérito de las Américas, ubicada en las calles de Costa Rica y Uruguay, en el fraccionamiento Las Américas, correspondiente al distrito 3, sección 216.
A fin de confrontar esta información, se cuestionó a Ignacio Ruelas Olvera, presidente de la junta local de Instituto Federal Electoral (IFE), sobre esta supuesta orden de anular los votos de candidatos no registrados. El funcionario contestó tajante que no se dio esa instrucción a los capacitadores ni a los funcionarios, prueba de ello es que en los tres distritos electorales del estado se registraron 297 votos por otros candidatos.
Ruelas Olvera apuntó que no pone en duda al editorialista ni a su señalamiento, sin embargo subrayó que tendría que analizarse el caso concreto de la casilla y el contexto alrededor de ella, pues la mesa directiva pudo haber resuelto como nulos esos votos, aún a pesar de que los manuales de procedimiento no lo indican así. Además, comentó que esta inconformidad debió señalarse en tiempo y forma, apelando a la figura jurídica de preclusión, que establece que si después de cuatro días de ocurridos los hechos ninguno de los actores se inconforma, causa estado.