Inmigración debe dar a conocer número de personas que entraron al país, entre 2007 y 2019 - LJA Aguascalientes
22/11/2024

  • Todas las instituciones públicas están obligadas a generar estadísticas de manera periódica sobre los servicios que ofrecen
  • En 2018, entraron al país 39 millones de personas, y en lo que va del año se estiman alrededor de 30 millones de ingresos

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto Nacional de Migración (INM) buscar y dar a conocer el número de personas que entraron al país, entre enero de 2007 y junio de 2019, desglosado por nacionalidad, edad, sexo y calidad migratoria.

Al presentar el caso ante el Pleno, el comisionado presidente del INAI, Francisco Javier Acuña, aseguró que todas las instituciones públicas están obligadas a generar estadísticas de manera periódica sobre los servicios que ofrecen.

“¿Cómo se estima la utilidad de un servicio público? Con datos que lo pueden referir, exhibir, mesurar y demostrar”, expresó que se trata de información estadística que las dependencias deberían de tener como resultado del trabajo ordinario porque es la manera de explicar lo que se hace.

Acuña Llamas destacó la importancia de contar con cifras sobre la movilidad de personas en el país, ya que, de acuerdo con datos del INM, en 2018, ingresaron al país 39 millones de personas, y en lo que va del año se estiman alrededor de 30 millones de ingresos.

En respuesta al particular interesado en conocer los datos, el INM señaló que la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas de la Secretaría de Gobernación es la encargada de integrar, generar y publicar la información estadística sobre la movilidad y migración en México, por lo que le sugirió consultar su portal de internet, asegurando que cuenta con registros de las entradas al país desde 2002.

Inconforme, porque la información estadística disponible en el portal del área referida no contiene todos los datos solicitados, el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del Comisionado Presidente, se advirtió que la información del portal referido por el INM no contiene los datos requeridos, además de que no hizo una búsqueda exhaustiva de la información, pues no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes.

Se comprobó que la Dirección General de Regulación y Archivo Migratorio, la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y las Oficinas de Representación Federal cuentan con atribuciones para conocer los datos requeridos, pues entre sus funciones, se encuentra integrar y mantener actualizado el Registro Nacional de Extranjeros, así como administrar las bases de información migratoria aportada de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

De la consulta de información oficial, se verificó que en el Quinto Informe de Labores del titular del Poder Ejecutivo Federal, correspondiente al año 2011, el INM presentó un reporte de registro y control migratorio de entradas al país, desglosadas por año, de 2007 a 2010.


Por tanto, se concluyó existen indicios suficientes para constatar, que el sujeto obligado cuenta, por lo menos, con datos de 2007 a 2010 sobre el flujo de entradas nacionales y de extranjeros al país.

El Pleno del INAI modificó la respuesta del INM y le instruyó hacer una búsqueda de la información solicitada en todas sus unidades administrativas competentes, a fin de proporcionar al particular el número de personas que entraron al país, entre enero de 2007 y junio de 2019, desglosado por nacionalidad, edad, sexo y condición migratoria otorgada.

 

Con información del INAI 

 


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