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lunes, diciembre 22, 2025

El sistema penal acusatorio ¿funciona? / Sobre hombros de gigantes

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Cada que se publican reportes estadísticos sobre cuestiones de inseguridad o se da un hecho que, si bien apenas será investigado, muchos actores lo califican de delito con tal de ser escuchados, comienza el desfilar de algunas voces atribuyendo responsabilidades a los principales operadores del sistema penal (Fiscalías y Poderes Judiciales), afirmando que la delincuencia existe por culpa del modelo acusatorio.

¿Sabían que a partir de la  Revolución Francesa en 1789, se re-implementó el proceso penal acusatorio, y no tardó mucho para que los defensores del modelo inquisitivo gritaran que la impunidad y delincuencia era producto del cambio? ¿Conocían que antes de que se implementara el sistema acusatorio en México, la culpa la tenían las leyes del anterior sistema, por lo que se dieron reformas legales en los años 30, 70, 80, 90 y 2000 en adelante? ¿Y hoy resulta que eso mismo es culpa del nuevo sistema acusatorio? La primera es mala suerte; la segunda es coincidencia; la tercera es acción del enemigo, según James Bond.

Si se comete un hecho delictivo, lo que falla es el sistema preventivo, no el sistema penal; el sistema penal acusatorio y sus autoridades no tienen la función de prevenir delitos, sino de investigarlos una vez cometidos, y en su caso procesarlos. Si una vez realizado el hecho delictivo, no se resuelve el caso adecuadamente a favor de los involucrados, lo que no funcionaría es el sistema penal. En síntesis, la existencia de delitos no es culpa de la Fiscalía o del Poder Judicial, pues su función es reactiva, es decir, después de ejecutado el hecho.  

Cierto es que han existido avances en la consolidación del sistema preventivo y el sistema penal acusatorio, pero aún quedan algunos puntos pendientes. ¿Como cuáles? Como omisiones legislativas, pues nuestro Congreso sigue sin legislar sobre atención a víctimas, a pesar de existir un mandato Constitucional que le obliga a crear una Comisión Estatal para su atención, que cuenten con áreas de apoyo social y sicológico, y con investigadores y peritos que ayuden a sus representantes jurídicos. En lugar de eso se presentan iniciativas para tratar de crear delitos que ya existen en nuestras leyes, alegando que con eso se protege a las víctimas. El mismo discurso de que la ley resuelve el problema. 

Otro tema es que los imputados siguen tratados como culpables por la sociedad; no hay límites ni restricciones al flujo de información que dan hechos como ciertos, sin datos verificados, y declarando culpables a personas que aún no son juzgadas. Al igual de lo dicho respecto a las víctimas, a la defensoría pública se le debe incrementar el número de investigadores y peritos para cumplir con una eficaz función; además de que, por orden constitucional, los salarios de los defensores deben ser iguales a los de los Ministerios Públicos.  

Por otro lado, si bien las Fiscalías y Poderes Judiciales son de los eslabones más fortalecidos del nuevo sistema penal, deben incrementarse los recursos para aumentar el número de fiscales de atención temprana, de investigación y litigación, así como investigadores y peritos, frente a la cantidad de habitantes en los estados. En los Poderes Judiciales, los jueces de oralidad están capacitados y tienen grandes perfiles, pero siguen siendo pocos para el cúmulo de trabajo que existe, debido a que la mayoría de las peticiones y decisiones deben tomarse en audiencias orales. Se necesitan mayores recursos para incrementar el número de jueces, asistentes de sala, notificadores y actuarios, administradores judiciales, auxiliares, y no sólo en el ámbito penal, sino en otras áreas como civil y familiar. Cada año algunos Poderes Judiciales deben estar negociando su presupuesto, cuando se deben reformar la Constitución local para que en automático se les asigne un mínimo del 5 % del total del presupuesto anual aprobado; esa es una de las reformas importantes que aún siguen pendientes, pues los jueces son la principal garantía de protección de los derechos de cualquier ser humano: sin jueces, no hay verdaderos derechos. 

Por último, o más bien lo primero, resolver la falta de empleo, de educación, de alimentación, los salarios bajos, falta de viviendas, falta de acceso a las tecnologías y comunicaciones, ausencia de vigilancia, de agua accesible, de luz, pocos parques o abandonados, falta de espacios culturales, discriminación, ignorancia, división, rechazo, olvido y abandono; y un largo etcétera, pues es lo que suma a la inseguridad y falta de funcionalidad del sistema de justicia penal.

No, no me faltó incluir que el sistema penal no funciona porque los “delincuentes están en la calle”, o porque “delitos graves” fueron disminuidos. No es verdad que la prevención del delito y la disminución de la inseguridad se lograrán al meter a la cárcel a cualquiera que se considere “presunto culpable”, o teniendo  justicieros ciudadanos, y mucho menos con simple creación de leyes. Si eso fuera real, hace siglos que no existirían los delitos, pues el delito estaría encarcelado o eliminado. Entonces, más que reformas legales, más que discursos extensos, requerimos reformas culturales, estructurales y acciones concretas. Necesitamos ideas concretizadas; ideas que nos ayuden a transformar la realidad, y no acomodarnos a ella.

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