En últimas fechas se han incrementado las notas falsas que desinforman y no dan datos para crear un debate crítico y democrático para el desarrollo individual y colectivo en nuestras sociedades. Independientemente de los fines que busquen quienes difunden esta información (rating, defensa de grupos, ataques, legitimación, etc.), nada de esto se encuentra amparado por el ejercicio de algún derecho, y por el contrario afecta a otros, generando conciencias colectivas de frustración y discriminación que pueden reflejarse en reacciones lesivas contra personas.
Por ejemplo, circula una nota de que en el Senado aprobaron “el derecho absoluto a la legítima defensa sin ser procesados penalmente”, la cual se remonta a octubre de 2018, cuando se presentó una iniciativa de reforma al Código Penal Federal relacionada con el tema. Independientemente de si en verdad se aprobó algo relacionado, es importante destacar que ha provocado una malinterpretación de su contenido y la difusión masiva de un mensaje erróneo que provocará mayores problemas de los que supuestamente tratan de resolver con esta iniciativa.
La legítima defensa es una causa de justificación; significa que el derecho penal en algunos supuestos permite que se realice una conducta dañosa para proteger un derecho propio o ajeno, ante un ataque ilegítimo de otra persona. Es decir, que el ciudadano reaccione y se defienda frente a una agresión indebida de otro, siempre y cuando ese ataque sea imprevisto, la reacción sea inmediata y suficiente para neutralizarlo, sin ir más allá de ese fin, y sin que el que se defiende haya provocado el ataque (por ejemplo en casos de riña, donde ambas personas tienen ánimo de agredirse, nunca se puede hablar de legítima defensa, pues es previsible que existirá un intercambio de golpes). El medio para defenderse debe ser el que se tiene al alcance y sea suficiente para impedir el ataque, por lo que no se trata de que se utilicen armas o circunstancias similares para defenderse.
Esta figura ya se encuentra debidamente regulada en el Código Penal Federal y en todos los estados, por lo que no se requiere reforma alguna; incluso la supuesta reforma que se indicó en la nota, en el fondo no sería reforma, pues repetiría lo que ya se incluye desde hace varios años en la legislación, y que la propia Suprema Corte ha declarado en múltiples ocasiones.
El problema de la iniciativa de octubre de 2018, y que existe en varios estados, incluyendo Aguascalientes (diciembre 2017), es en parte su redacción, pero con mayor trascendencia el mensaje erróneo que se envía a la sociedad. En cuestión de redacción, se habla de legítima defensa cuando ni siquiera se ha iniciado un ataque, lo que lo hace inconstitucional, pues ahí no hay defensa de agresión, sino especulaciones de agresiones cuando el ciudadano considere que otro quiere ingresar a su domicilio o negocio, y se crea justificado para agredirlo sin existir agresión. Así, el artículo 11 Constitucional, lo que permite es reaccionar frente al ataque, es decir que la agresión sea real, no imaginaria o creída por el que “se defendió”. Por otro lado, se ha abierto una caja de pandora, al hacerle creer al ciudadano que esta reforma lo protege y le permite reaccionar sin razón ni proporción ante conductas que considere dañosas y que no existirá proceso penal.
En primer término, las leyes siguen dejando a las autoridades la valoración de la agresión y la suficiencia de la forma de reacción, lo cual ya estaba previsto desde hace varios años. Los casos de legítima defensa deben analizarse en situación, valorando las intenciones de los involucrados, que sea con ánimo de proteger y no de agredir, y que efectivamente se reúnan todos sus elementos. El problema es que en México, cada que se daña a una persona, todo quiere ser manejado como legítima defensa para eludir responsabilidades. En segundo término, las personas que consideren se han defendido, igualmente serán detenidas previamente en la investigación y ahí podrá determinarse su libertad una vez que se valoren las circunstancias del caso, lo cual ya forma parte del procedimiento penal, por lo que siempre debe existir procesamiento (pues la realidad no es como en las películas o series de tv.).
Por otro lado, el exceso de la legítima defensa se refiere a que el medio empleado sea más dañoso frente a otros que podían repeler el ataque en igual medida; por ejemplo, si tengo opción de cerrar la puerta, y con eso el agresor no puede ingresar, pero mejor prefiero dispararle, estaríamos en un exceso de la defensa. No ocurre lo mismo cuando por enojo y coraje se golpea al agresor, se le humilla y hasta se le priva de la vida; en esos casos tenemos violencia ilegítima y venganza desproporcionada; mensaje que no se ha aclarado a los ciudadanos y por eso tienen la creencia de que pueden reaccionar de esa manera “amparados” por estas supuestas reformas.
Con todo esto debe quedar claro que, si existiera la reforma, ni es reforma, ni protege a la ciudadanía para que pueda agredir por cualquier motivo a supuestos agresores sin proceso, pues de cualquier manera los elementos esenciales de una legítima defensa serán valorados por las autoridades en cada caso para determinar si se aplica o no la protección. Es decir, en esencia no hay reforma, es algo que existe desde hace años y seguirá en el mismo sentido.
Estas modificaciones, si es que se concretizan, difícilmente serán aplicables como se le informa a un sector de la ciudadanía: ni es un cheque en blanco para reaccionar como se nos dé la gana frente a una supuesta agresión, ni estaremos librados de un proceso penal, y mucho menos los linchamientos, la venganza y los enojos estarán amparados por esta norma. Tampoco los problemas de inseguridad se resolverán o disminuirán por esta modificación; los seres humanos no están pensando en las leyes o en las sanciones cuando realizan conductas delictivas.
Si no conocemos el pasado, nunca nos daremos cuenta que la desinformación que históricamente se ha producido se repite al grado que lo vemos como verdad y con eso construimos nuestra realidad. Espero que no se haya generado un problema mayor por dicha “fake new”, pues la herida social está muy abierta, y le siguen echando limón.