Como organismo sindical comprometido con los derechos humanos de las y los trabajadores, en la CROM celebramos el decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación este 4 de junio, para que padres o madres con hijos diagnosticados con cáncer tengan acceso a licencias laborales.
A partir del 5 de junio, trabajadores adscritos al Seguro Social que tengan hijos de hasta 16 años de edad diagnosticados con cáncer, podrán pedir una licencia laboral, esto gracias a una serie de reformas a la Ley de Seguro Social, Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores y a la Ley Federal de Trabajo; a través de una iniciativa presentada por la Fundación Cáncer Warriors México en febrero de 2019. Uno de sus argumentos fue que en nuestro país hay casi 23 mil niños con cáncer en sus diversos tipos y cerca de 10 mil padres y madres que están en latente riesgo de perder sus empleos, debido a las constantes faltas que deben hacer durante los tratamientos médicos de los menores.
El decreto especifica que los padres y las madres aseguradas podrán ausentarse del trabajo para cuidar a sus hijas e hijos que padecen cualquier tipo de cáncer, especialmente cuando requiera un descanso médico en los periodos críticos del tratamiento. Esta licencia tendrá una vigencia de uno hasta 28 días, podrán expedirse las que sean necesarias durante un periodo máximo de tres años, sin que excedan 364 días continuos. La institución de seguridad social a la que estén afiliados tiene ya la obligación de expedir una constancia que acredite el padecimiento oncológico y la duración del tratamiento, para que el patrón tenga conocimiento; para lo cual consideramos necesario una campaña informativa para que las empresas tengan conocimiento pleno de estas nuevas disposiciones y prevenir alguna afectación en el proceso burocrático.
Hay que tener el conocimiento de que, para ser beneficiarios, los trabajadores deberán cumplir con al menos 30 cotizaciones semanales durante un año anterior a la fecha del diagnóstico de sus hijos, o bien, 52 semanas -por lo menos- de cotización registradas previas al inicio de la licencia. A esto se le suma que accederán a un subsidio equivalente al 60% del último salario diario de cotización registrado por el patrón; y en el caso de que los padres estén separados o divorciados, la licencia sólo la podrá obtener quien tenga la custodia del menor.
Para la CROM es vital contar con mayores herramientas para los sectores más afectados, porque estas reformas significan una esperanza para las familias que ya de por sí enfrentan una situación emocional complicada por la salud de sus hijos, y en la mayoría de los casos, la presión de perder sus trabajos complica el desarrollo familiar y económico. Por ello reiteramos nuestro compromiso de velar porque este Decreto Presidencial surta efecto y se le respeten sus derechos laborales a toda la base trabajadora.
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