- Seis empresas y una persona física se encuentran acreditadas para medir la votación en la elección de Ayuntamientos
- El PREP es el único instrumento oficial con el que cuenta el IEE para dar a conocer los resultados, de carácter informativo y no definitivo, de la elección de Ayuntamientos
El Instituto Estatal Electoral (IEE) de Aguascalientes acreditó a seis empresas y a una persona física para realizar encuestas de salida y conteos rápidos en la jornada electoral del domingo 2 de junio.
Los siete acreditados, quienes presentaron su correspondiente solicitud entre el 10 de octubre del 2018 y el 23 de mayo de 2019, estarán en posibilidades de efectuar los ejercicios para medir la votación en la elección de Ayuntamientos y dar a conocer sus resultados tras el cierre oficial de todas las casillas en el estado.
Las encuestas de salida se efectúan al pie de las casillas electorales -el día de la contienda- mediante un cuestionario que se aplica a la ciudadanía inmediatamente después de haber emitido su voto. A diferencia de las encuestas que se realizan previo a la elección, las de salida buscan recabar información respecto a quién le otorgó su voto el elector, con el fin de estimar las tendencias de los resultados comiciales.
Los conteos rápidos son estudios científico estadísticos que permiten calcular con mayor precisión y confianza las preferencias electorales la misma noche de la elección y comunicar sus resultados a los ciudadanos. Para realizar dicho ejercicio se eligen algunas casillas aleatoriamente y con sus resultados se hacen las estimaciones. Tanto su precisión como confiabilidad dependen de las características de la muestra y del método estadístico que se aplique.
En ambos casos, el personal deberá estar debidamente identificado y explicar a los encuestados su labor y el objetivo del ejercicio, cuya participación es de carácter voluntario, por lo que no pueden obligar al electorado a responder sus cuestionamientos.
Los resultados de estos estudios no son considerados oficiales y podrán ser difundidos hasta las 18:00 horas del 2 de junio, de acuerdo con lo establecido en el artículo de 134 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.
El Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) es el único instrumento oficial con el que cuenta el IEE para dar a conocer los resultados, de carácter informativo y no definitivo, de la elección de Ayuntamientos.
Los datos oficiales y definitivos se extraerán de los cómputos municipales que se llevarán a cabo el miércoles 5 de junio.
Personas físicas y morales acreditadas para realizar encuestas de salida y/o conteos rápidos no institucionales, el día de la jornada electoral del 2 de junio de 2019 dentro del Proceso Electoral Local 2018 -2019. | ||||
Personas físicas o morales acreditadas | Cargo a elegir | Tipo de encuestas | Lugar | |
1 | Berumen y Asociados, S.A de C.V | Ayuntamientos | Encuesta de salida y conteos rápidos. | Aguascalientes |
2 | Parametría S.A de C.V | Ayuntamientos | Encuesta de salida y conteos rápidos. | Aguascalientes |
3 | Mendoza Blanco & Asociados, S. C. | Ayuntamientos | Encuesta de salida y conteos rápidos. | Aguascalientes |
4 | Buendía & Laredo S.C | Ayuntamientos | Encuesta de salida y conteos rápidos. | Aguascalientes |
5 | Diseño y Análisis Demoscópico, S.C con nombre comercial “ISA Investigaciones Sociales Aplicadas” | Ayuntamientos | Encuesta de salida y conteos rápidos. | Aguascalientes |
6 | Focus Investigaciones de Mercado y Estudios de Opinión, S.C. | Ayuntamientos | Encuesta de salida y conteos rápidos. | Aguascalientes |
7 | Dr. Norman Iván Álvarez Pérez | Ayuntamientos | Encuesta de salida y conteos rápidos. | Aguascalientes |
El jueves 30 de mayo concluyen las campañas para dar inicio al periodo de tres días en los que se suspende la propaganda electoral con el fin de que la ciudadanía pueda reflexionar sobre el sentido de su sufragio, de acuerdo con la agenda del Proceso Electoral Local 2018-2019.
Durante este plazo, que comprende los tres días previos a la elección, y hasta la hora de cierre de las casillas, queda estrictamente prohibido publicar, difundir o hacer del conocimiento por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales.
El incumplimiento de dichas disposiciones puede sancionarse con la imposición de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, conforme a lo dispuesto en el artículo 7, fracción XV de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
Con información del IEE