Regencia por la paz / Opciones y decisiones - LJA Aguascalientes
24/11/2024

Hablando de seguridad pública y paz ciudadana, tanto en la dimensión de país como en la correspondiente al nivel local, se hace exigible una perspectiva clara de lo que queremos, de aquello que es deseable y, desde luego, de lo que es factible llevar a cabo. Y, para lograrlo, aconsejan los expertos, hay que definir en tiempo presente -como si ya existieran o fuesen reales- esos objetivos precisos que pretendemos alcanzar. Y para hacer un tal ejercicio en vivo y en directo, sugiero el siguiente horizonte.

Los policías de barrio o de proximidad son conocidos, amigables y diligentes con los vecinos; los ministerios públicos son eficaces e insobornables en su oficio;

Los presidentes municipales y sus cabildos son celosos administradores y eficientes servidores de la comunidad que habita en su jurisdicción, hacen vigente el orden y respecto desde Lo Local;

Las severas desigualdades sociales son allanadas mediante políticas públicas equitativas y eficazmente distributivas;

Los servicios públicos ordenados constitucionalmente son prestados con pulcritud, calidad y calidez;

La impartición de justicia es real, concreta, pronta y expedita; las ordenanzas desde Lo Local son acatadas puntualmente por las y los ciudadanos todos;

La seguridad de las personas, su patrimonio familiar y sus bienes son garantizados contra cualquier acto delictivo, desechando por tanto cualquier evento de impunidad; toda transgresión a la Ley, así sea reglamentaria municipal, es detectada, proseguida y sancionada en tiempo y forma.

En fin, efectivamente, se trata de la pintura ideal de un paraíso terrenal. Pero, sin cuya búsqueda y construcción -aunque suene a utopía- nos hace quedar como rehenes de los parajes inferiores, y por eso bien llamados: infiernos. Algo así como en lo que hoy vivimos y nos movemos, lo veamos o no.

Lo propuesto, por abreviar, no es otra cosa que el meta-resultado de todo lo positivo que debiera ocurrir para que los ciudadanos gocemos y vivamos de una paz pública auténtica, vigente y actuante; que deriva en aquello que dio por llamarse paz ciudadana, para vivir feliz.


Hoy, se rompió el encantamiento del que estaba preso el Congreso de la Unión, y lo tenía empantanado en un lago de incertidumbres, indefiniciones, nichos estancos, rebatingas, intereses partidistas, posturas autoritarias, cortoplacistas, mezquinas, etc., etc. Y lo hace la magia de un acuerdo unánime, las fuerzas políticas –entiéndase interlocutores de peso completo de lo político y la sociedad- de México logran un pacto de Estado, al aprobar la constitución de la Guardia Nacional, policial, tanto gerencial como operacionalmente desde lo civil. La nota mediática es elocuente y precisa al respecto.

La Guardia Nacional quedó definida como una “policía de carácter civil” adscrita exclusivamente al ramo de Seguridad Pública, o sea a la Secretaría de Seguridad Ciudadana. Tampoco habrá mando militar o mixto. Legisladores que participaron en la negociación reconocieron que este fue uno de los puntos más difícil de acordar. Se estableció que las fuerzas armadas cedan temporalmente elementos de sus policías militar y naval para conformar el estado de fuerza inicial de la Guardia Nacional y apoyen en tareas de disciplina y preparación inicial. Lo anterior mientras se conforma una estructura propia para la nueva fuerza policial que lleve a cabo esos procedimientos. (Ver: Animal Político. ¿Qué delitos va a combatir? ¿Qué pasará con los soldados? Las claves de la Guardia Nacional. Arturo Ángel, @arturoangel20. Febrero 22, 2019. https://bit.ly/2GHb3fa ).

El otro punto problemático que concierne a la relación de jerarquía de mandos de los tres órdenes de gobierno cuya competencia es garantizar la seguridad pública de los ciudadanos, y que había sembrado núcleos de discordia, al no tener claramente definido y convenido bajo consenso el tan debatido “mando único” de lo policial, a nivel de gobiernos estatales y gobiernos municipales, desde Lo Local, q ueda a la luz de la presente reforma constitucional, mejor esclarecido: Queda previsto que “en el caso de los delitos del fuero común -que inicialmente corresponden a las autoridades estatales y municipales- la Guardia podrá intervenir siempre y cuando se haga la petición del gobierno local correspondiente y bajo esquemas de coordinación. La Ley de la Guardia Nacional, que deberá expedirse en un plazo de 60 días en cuanto entre en vigor la reforma, delimitará los lineamientos de coordinación de la Guardia con fuerzas de seguridad locales”. (Cfr. Animal Político. ¿Qué delitos…? O. cit., ut supra).

En ausencia de la paz pública, emerge con claridad su imperativo social. Así como el dolor físico acusa una enfermedad; la queja y el sufrimiento social acusan un estado de emergencia. Ante el cual, no hay de otra, quienes estamos dispuestos a superarlo tenemos que afrontar sus terribles efectos y consecuencias, y ello sólo es posible mediante la restauración de la paz pública.

Por ello, en México el principio de la seguridad se impone como prioridad nacional. Y la coyuntura política en que nos instala, a partir de hoy, el lanzamiento de la Guardia Nacional habrá de ensayar sus propias lecturas de la nueva realidad, para monitorear sus alcances, logros y avances.

En este contexto, habrá de comenzar la nueva cuenta regresiva. Que ya nos trae los nuevos puntos para su re-lectura. Veamos. Al parecer y decir de algunos analistas y miembros destacados de la comentocracia, remiten con cierta preocupación a lo que instituye el nuevo Artículo 5º Transitorio del dictamen aprobado.

Artículo 5º Transitorio (citado a la letra): Durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implementación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria. El Ejecutivo Federal incluirá un apartado sobre el uso de la facultad anterior en la presentación del informe a que hace referencia en la fracción IV del artículo 76.

Su desglose comentado, es: – (Fuente. Animal Político. O. cit., ut supra).

“¿Y los soldados y marinos? ¿Se quedan en las calles o se van? Sí… se quedan temporalmente pero de forma regulada, fiscalizada y con un plan de salida. Como el presidente Andrés Manuel López Obrador lo solicitó, los legisladores reincorporaron al dictamen un artículo transitorio que avala el apoyo temporal del Ejército y la Marian en tareas de Seguridad Pública mientras se conforma la Guardia Nacional. No obstante los legisladores interpusieron para ello un plazo máximo de cinco años. En el artículo quinto transitorio se estableció además que dicho apoyo de las fuerzas armadas debe ser ‘extraordinario, regulado, fiscalizado, subordinado y complementario’. Estas condiciones son las que llevaron a legisladores y a expertos a opinar que lo aprobado ayer no es una reedición de la ley de Seguridad Interior declarada inconstitucional por la Corte y que, por el contrario, se ajusta a las convenciones internacionales de derechos humanos.

“La realidad es que tenemos a las fuerzas armadas en las calles y lo que hacen estos transitorios es establecer un parámetro de regulación de esa presencia militar en las calles. Parámetro que se ajusta a los criterios de la Corte Interamericana. Claro que el demonio está en los detalles y veremos que se regulan estos transitorios”, dijo José Antonio Guevara, director de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos.

De manera que el repudiado asunto de la militarización del mando de Seguridad Pública queda exorcizado en el nuevo proyecto, pero incluye la facultad presidencial de hacer uso de la fuerza armada, según su criterio de necesidad y oportunidad para garantizar la paz ciudadana. De manera que el cambio de régimen en la forma de Estado mexicano es posible y tiene vida útil, prácticamente por el resto del mando del presidente Andrés Manuel López Obrador. El otro espinoso asunto del “mando único” en el ámbito de lo local queda allanado, y es competencia estricta tanto del gobierno de los estados como del ejercicio constitucional de las municipios.

Aguascalientes se precia de ser una de las entidades de la Federación que cuenta, por lo menos desde hace cuatro sexenios, con una academia de Policía elevada a rango de Instituto de Seguridad Pública, acreditada y con regularidad suficiente como para egresar policías estatales y municipales con acreditación y capacitación académica reconocida a nivel oficial. Y cuenta con infraestructura suficiente para el adiestramiento y capacitación operacional de sus elementos. El aporte de la disciplina, táctica y obediencia militar significará un reforzamiento al egreso de elementos capaces de reproducir la eficacia profesional de las fuerzas armadas. Et pour tant de convertirse en Guardia Nacional en el plazo de cinco años.

Lo que supone que quedan atrás los vaivenes del mando corporativo, los golpes de mando o de fuerza según poder del gobernante en turno o del capricho discrecional de cada presidente municipal para disponer de la fuerza policial. Lo del multi-discutido mando único queda fuera de moda y se impone una coordinación y concurrencia de poderes más acorde con el imperativo de preservar y fortalecer la paz pública, dejándola fuera del alcance veleidoso del partido gobernante en turno.

 

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