El Sistema Estatal Anticorrupción y la Transparencia / Arcana Imperii - LJA Aguascalientes
02/01/2025

Puede decirse que existe un patrón de corrupción cuando un poseedor de poder que tiene a cargo la realización de ciertos actos (funcionario responsable u oficial a cargo) es inducido, a través de dinero u otros beneficios que no le son previstos legalmente, a realizar acciones que favorecen a quien provee el beneficio y accesoriamente genera un daño al público y sus intereses.

Carl Friedrich (politólogo)

 

Estimados Amigos Invisibles, el Sistema Estatal Anticorrupción dará de qué escribir y hablar por el resto de los días, primero fue la designación de los integrantes del Comité de Selección, luego la designación del Fiscal Anticorrupción, después los integrantes del Comité de Participación Ciudadana (en donde renunció su presidente), para luego, el tan cuestionado nombramiento del Secretario Técnico (sí, más cuestionado que los otros dos procesos de designación) pues ya ve, todo este andamiaje es una simulación de la construcción del SAE. La designación del Secretario Técnico es una vacilada, quieren defender lo indefendible. Con decirle que era impostergable designar al Secretario Técnico que a la fecha no ha tomado protesta, y lo peor, sabe cómo le notificó el Comité de Participación Ciudadana, lo hizo por teléfono, hasta el que no es abogado sabe que lo básico de una notificación es: el escrito.

Pues bien, estamos a más de una semana que no toma protesta esta figura, ¿y sabe por qué?, porque no quiere dejar de recibir dinero público, es decir, no quiere dejar de cobrar en el Congreso del Estado y más aún, espera su finiquito. Lo infame de este proceso, es que están “cabildeando” el presupuesto para lo que resta del año. Y como todo es opacidad, ni el propio Comité Coordinador presenta un posicionamiento o postura respecto al estatus de la integración del SEA, como lo señalé en la columna anterior, este sistema está integrado por cuates, cuotas, carnales y allegados. Si no, revise la nota de La Jornada Aguascalientes del día de antier titulada “Nula transparencia financiera en el Congreso de Aguascalientes”.

Como lo indiqué al inicio de esta columna, al CPC le falta un integrante, motivo por el cual la Comisión de Selección se “puso las pilas” y lanzó la convocatoria para que los ciudadanos participarán en este proceso, de elegir al integrante que debe de pugnar por ser Presidente por cinco meses, y como era de esperarse fueron pocos los participantes, tres para ser exactos.

¿Los nombres? Erick Monroy Sánchez, Francisco Miguel Aguirre Arias y Salvador Cardoso Castañeda. Los dos primeros ya participaron en el primer proceso para integrar el CPC, el último es su primera participación.

Como este Sistema se distingue por integrar personas sin conocimiento de la materia y por la opacidad, puedo dar por sentado que este Comité de Selección designará a Salvador Cardoso conocido de cerca por la presidenta temporal actual del CPC. Espero poder equivocarme (ojalá me ayude a equivocarme la Comisión de Selección) en esta designación, de lo contrario continuaríamos con el mismo común denominador de integrar estos órganos con personas que NO tengan el menos conocimiento en materias que señala la fracción II del artículo 34 de la LSEA.

Ahora bien, lo que debo de aplaudir es que el procedimiento para elegir al nuevo integrante del CPC va en ascenso, en unas cosas, y en otras, sigue sin aprender de generar cultura de la transparencia. Mire Usted, el proceso ahora fue un poco más asertivo, les hicieron llenar un apartado de manera electrónica de la personalidad de cada candidato; después les dieron a leer un caso práctico-hipotético, pero ¿qué cree? era un caso federal. Mi pregunta es (ya sabe que soy muy mal pensado) ¿Por qué no les dieron a leer el caso de la designación del Secretario Técnico del Sistema Estatal Anticorrupción? O bien, algún caso de malversación, soborno a funcionarios, peculado, tráfico de influencias, incluso enriquecimiento ilícito, es decir, para los expertos en anticorrupción los cuales deben saber y conocer su tipología, desde mi perspectiva, debieron darles a leer un caso local y con base en ese caso hipotético hacer preguntas claras y específicas en el tema, y otra vez, ¿qué cree?, el que ocupe esa vacante lo único que hará, si es que se anima claro está, es dar posicionamientos a esos temas, y no el actuar o ejercicio deseable. Para ello, se necesitan valores, los cuales cada persona ya los trae consigo, no se cambian de la noche a la mañana. Para terminar por esta semana con el caso Anticorrupción es fundamental que el CPC y el más importante el Comité Coordinador exija inmediatamente la renuncia del actual Secretario General del Congreso Local, para que ocupe el cargo para el que fue designado, de lo contrario, designe a otro de los que integraron la terna presentada. O bien, dar un posicionamiento a la ciudadanía del porqué no ha tomado protesta.


Y en relación con el proceso de selección de la vacante del CPC, esperemos que la Comisión de Selección dé a conocer la metodología clara y precisa para nombrar a este ciudadano que ocupará la presidencia del CPC, del CC y del Órgano de Gobierno por cinco meses. Y más allá de generar la transparencia proactiva, que rindan cuentas, ¿cómo?, dando a conocer las fichas técnicas y los porcentajes de como obtuvo la puntuación el ciudadano designado y el porqué de su voto a favor, en contra o si hubo alguna abstención (este último no creo que se dé).

 

¿Y la transparencia, apá?

Por otro lado, está el tema de Transparencia.

Mire Usted, durante abril a junio el Órgano Garante en materia de Transparencia “evalúo” a los sujetos obligados, es decir, valoró si todos contaban con página de transparencia y si tenían los formatos de las fracciones en esta materia, y por el otro, a si tenían estos mismos formatos en el Sistema de Portales de Transparencia (Sipot), de eso se trata esta evaluación.

No evalúan cuántas solicitudes de información reciben los sujetos obligados, cuántas de estas solicitudes dan respuesta en el menor tiempo posible, cuántas de estas solicitudes son de inexistencia, cuántas son de no competencia o cuántas de información clasificada. Mucho menos evalúan cuántas de estas solicitudes dan vista al Comité de Información, y si dan vista al Comité deben emitir un Acta de Resolución, que no es otra cosa que argumentar, o como dicen los licenciados en Derecho fundar y motivar dichas resoluciones. Ahora bien, deje informarle que el Sipot tiene errores desde su nacimiento a finales de 2015, en sí, no evalúan la calidad de información en los formatos, solo evalúan que los formatos cumplan con información sea o no fidedigna.

Lo anterior lo ratifica Rubén Alonso articulista de Milenio, “El Sipot se diseñó desde dentro de los sujetos obligados, y de entre ellos, quienes son avezados en el conocimiento de cada una de las leyes de transparencia de las entidades federativas, la federal y la general; que conocen las estructuras y áreas de todos los sujetos obligados del país. En la práctica, el Sipot es un receptáculo de formatos de carga, y el INAI sólo contabiliza que suban esos archivos, sin verificar su contenido, que en su mayoría está vacío o no corresponde con la realidad que dice ofrecer. De ahí, con evaluaciones diagnósticas, sujetos obligados se valen para decir que son más transparentes, aunque lo único que ofrece esa evaluación es quién subió más archivos al sistema. Falta mucho por construir en la verificación del contenido: información veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible y verificable. El Sipot se construyó desde el centro a la periferia, del escritorio hacia la calle, de arriba hacia abajo, del funcionario al ciudadano, cuando debió realizarse a la inversa, aunque haya sido más lento. Ahora, ante su inutilidad y fracaso, se auto engañan y mienten, pues al asegurar que el “Sipot ha comenzado a ser una referencia de consulta para la sociedad”.

Incluso la organización Nosotrxs acusó que: “La evaluación del cumplimiento de las obligaciones de transparencia que realizó el INAI tiene sesgos, limitaciones y está basada en un criterio burocrático que pondera más el llenado de formatos que la utilidad de la información”. Señaló que el INAI concentró en verificar que los sujetos obligados rellenaran los formatos del Portal de Obligaciones de Transparencia (Sipot) y no en sí la información cumple con los estándares de calidad y accesibilidad que establece la ley: “(…) se concentra en una visión burocrática del cumplimiento de las obligaciones (el llenado de formatos) y deja de lado el análisis o validación de la información pública que efectivamente es accesible para los ciudadanos mediante los portales de transparencia de los sujetos obligados”.

En este sentido, veremos a quien se designa “mejor evaluado” en materia de transparencia en el estado; esperemos no exista una asesoría previa a unos cuantos sujetos obligados para que salgan “bien evaluados” después de la verificación.

No echemos las campanas al vuelo por una “verificación y una evaluación” en materia de transparencia. La responsabilidad de los sujetos obligados es que la transparencia de la información debe contar con atributos que van más allá del simple hecho de publicar documentos y datos existentes como son:

  • Información de calidad -veraz, clara y oportuna-
  • Información congruente -permite que la información sea comparable con otra información relacionada-
  • De fácil acceso, comprensiva, relevante y confiable.

Mejor otorguemos la información cuando un ciudadano lo solicita y no se deje de responder esas solicitudes, y más aún, denostar los recursos de revisión.

Ya sabe, alguien tiene que decir las cosas.

 

[email protected] | @chazito14


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