- La propuesta busca castigar a quienes sin justificación alguna cedan bienes adquiridos en concubinato, a nombre de terceros, con el propósito de afectar el patrimonio de la pareja
- Las sanciones irían de 1 a 5 años de prisión, así como el pago de una multa económica
En el apartado de asuntos generales de la sesión de la Diputación Permanente, el legislador Alejandro Mendoza Villalobos presentó una iniciativa de reforma de adición al artículo 147 del Código Penal del Estado de Aguascalientes, con el objeto de tipificar el delito de fraude familiar.
Durante su exposición, Mendoza Villalobos, explicó que esta propuesta va encaminada a castigar a quien, en detrimento de su pareja, ceda, oculte o transfiera bienes adquiridos en el concubinato, a nombre de terceros.
La iniciativa busca proteger a los menores de edad que enfrentan el divorcio de sus padres, garantizando la cobertura de sus necesidades básicas y la salvaguarda de su integridad emocional.
Este precepto ya está contemplado como delito individual en la legislación federal, además de que los estados de San Luis Potosí y Sinaloa ya lo aplican, con sanciones que van de 1 a 5 años de prisión, así como al pago de una multa económica.
El presidente de la Diputación Permanente, diputado Enrique Franco Medina, procedió a la clausura de los trabajos de la presente, que fue celebrada en el salón Aquiles Elorduy García. Al mismo tiempo, convocó a sus compañeros de mesa directiva para el martes 7 de agosto, a las 10:0 horas.
Con información del Congreso del Estado