Inicia INAI procedimiento de imposición de sanciones en contra del responsable de la aplicación “Pig.gi” - LJA Aguascalientes
22/11/2024

 

  • La empresa responsable presuntamente llevó a cabo el tratamiento de datos personales obtenidos de los usuarios de la aplicación para finalidades que no se encuentran contenidas en el aviso de privacidad
  • Se omitió adoptar medidas para garantizar el debido tratamiento y cumplimiento de los principios de protección de datos personales

 

En sesión celebrada el 11 de julio de 2018, al resolver un procedimiento de verificación, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó iniciar procedimiento de imposición de sanciones en contra de la persona moral responsable de la aplicación “Pig.gi”, en México.

Derivado de la investigación iniciada de oficio por la Dirección General de Investigación y Verificación del Sector Privado del Instituto, con el propósito de corroborar el cumplimiento a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y demás ordenamientos aplicables, por parte de empresas mexicanas que guardan relación con la aplicación para dispositivos móviles denominada “Pig.gi”, se advirtieron elementos suficientes para ordenar el inicio, de manera oficiosa, del procedimiento de verificación correspondiente.

Por tal motivo y al resolverse el procedimiento de verificación referido, el Pleno del Instituto ordenó iniciar el procedimiento de imposición de sanciones en contra de la persona moral responsable del tratamiento de datos personales.

Lo anterior, toda vez que la empresa responsable presuntamente omitió cumplir con algunos de los elementos del aviso de privacidad a que se refiere el artículo 16 de la ley de la materia, llevó a cabo el tratamiento de datos personales obtenidos de los usuarios de la aplicación para finalidades que no se encuentran contenidas en su aviso de privacidad, y omitió adoptar las medidas necesarias para garantizar el debido tratamiento y el cumplimiento de los principios de protección de datos personales establecidos por la ley de la materia, transgrediendo los principios de finalidad, responsabilidad y licitud.

El organismo constitucional autónomo garante del derecho a la protección de datos personales deberá sustanciar el procedimiento en los términos del marco legal aplicable, para imponer las sanciones que conforme a derecho correspondan, por los incumplimientos a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la normatividad que de ella deriva.

 

Con información del INAI



Show Full Content
Previous Programa de la Universidad Politécnica de Aguascalientes fortalece líneas de investigación en beneficio del sector salud de la entidad
Next LJA 16/07/2018
Close

NEXT STORY

Close

Sector empresarial da la bienvenida al nuevo Sistema de Justicia Laboral

03/11/2021
Close