En otras ocasiones, hemos expresado en este espacio la necesidad inminente de que sea erradicado, en lo más posible, el sufrimiento que el hombre causa a todos los animales, en principio el suscrito sostengo que, si bien son seres que por su naturaleza no tienen derechos, su papel en este mundo (bajo la idea de un orden eterno al que todos pertenecemos, según Santo Tomás de Aquino) implica que no se les altere ni se les dañe, y si se tiene que hacer (animales para el consumo) se busquen los mecanismos más idóneos para que, se mitigue el dolor en lo más posible. En este sentido, existen múltiples normas que justamente establecen procedimientos o crean prohibiciones, tendientes a que se limite el sufrimiento a cualquier ente vivo. Esta idea de no causar daño, está relacionada exclusivamente con el humano, puesto que cuando el perjuicio proviene de la propia existencia de los animales no racionales, es obvio que no se puede evitar, pues se trata o de la cadena alimenticia o de la naturaleza de los propios seres vivos.
A los de consumo, se les brinda una protección prácticamente relacionada con que, durante su producción, no se les someta a condiciones de sufrimiento y que, cuando sean sacrificados, previo a matarlos, se les insensibilice o aturda, de tal forma que no experimenten dolor o este sea reducido al mínimo. Si bien esto mismo se exigiría en México, para animales que estén destinados a crear productos para otra fines comerciales (suntuarios, de belleza, etcétera) en lo personal, considero que cualquier destino diferente al estrictamente alimentario, debería ser prohibido y erradicado, eso incluye el de espectáculos, diversiones, ritos y tradiciones de cualquier clase.
Ahora bien, además de los casos anteriores, existe una situación especial que debemos considerar: los perros. Estos animales son las mascotas por excelencia, no en balde se han ganado el mote de los mejores amigos del hombre, no se trata solo de la relación que adoptamos como compañía, su especial relevancia los hace ser lazarillos, ayudan en enfermedades, apoyo para detectar drogas y explosivos, e incluso son rescatistas, la famosísima perra Frida, es el icono en nuestro país. Son tan apreciados, que las películas donde son los protagonistas son múltiples, y muchas de ellas son verdaderos clásicos como 101 dálmatas (versión animada de 1961) La dama y el vagabundo (1955) ambas dirigidas por Clyde Geronimi el director de las cintas de animación más tradicionales de Disney; tenemos el caso de la perra Lassie, protagonista de múltiples series de televisión y películas. Yo me quedo con una antigua cinta, que ha pasado a la historia sin pena ni gloria, K-9 (1989) una comedia simplona sobre el divertido conflicto entre un detective y su perro rastreador de drogas, que están a la caza de un peligroso narcotraficante en San Diego.
Sin un conocimiento a fondo sobre su condición cerebral, basado solo en la poca convivencia y en las anécdotas de amigos que tienen mascotas (por la atención especial que requiere un perro, nunca he optado por cuidar uno) me atrevo a decir que estos animales están más evolucionados y, por ello, que tienen cierta capacidad de entendimiento, que va más allá del simple instinto. Justamente esa es la razón por la cual debemos brindarles una protección especial, por ello es relevante que la semana pasada, la diputada Citlalli Rodríguez presentó una interesante iniciativa de ley para brindarles esa defensa particular, prohibiendo las peleas y la parafernalia alrededor de ellas. Suena oportuno, porque no hace muchos meses que se afirmaba que en Aguascalientes, durante la época de feria, se organizaban torneos de lucha entre caninos.
El documento, presentado en el Congreso, señala que “Ningún hombre debe violentar a los perros para su esparcimiento, esto debido a la incompatibilidad con la dignidad del animal, así como del mismo hombre, pues el individuo que causa la muerte innecesaria de un perro o de cualquier otro animal comete biocidio, en otras palabras, un crimen contra la vida.” Por ello, siguiendo el Código Penal Federal (que desde el 22 de junio de 2017 lo tipificó) se propone establecer en el Código Penal para el Estado de Aguascalientes, penas de prisión que van de los seis meses a los 6 años de prisión, para quienes fomenten las peleas de los canes. Ciertamente, se trata de una protección importante para este singular animal que juega un papel fundamental en la vida de muchos seres humanos.