- Con la actuación real y oportuna de las instancias policiales, se evitaría la intención de los ciudadanos de hacer justicia por propia mano
- Es decir que como no confiamos en que los policías hacen su trabajo, se da el beneficio al ciudadano para que se defienda como pueda, condenó el presidente de la Barra de Abogados
Con la reforma al artículo 27 del Código Penal relativo a la Legítima Defensa, ahora se justifica la conducta típica y antijurídica, cuando se causan daños a la propiedad ajena; es suficiente que una persona se introduzca sin derechos a su negocio, se haga con sus pertenencias o allane su casa habitación, para que se legitime la defensa, aún y cuando no se encuentre en riesgo inminente.
El presidente de la Barra de Abogados de Aguascalientes, Julio César Esparza Hernández, detalló que se justifica incluso la defensa en bienes jurídicos propios o ajenos, así como cuando haya daños suficientes en perjuicio de la persona; por lo que se faculta a cualquier persona a cometer un delito, al ejercitar ese supuesto daño en su defensa.
Con las reformas aplicadas desde el 26 de diciembre, queda firme la extrema defensa, ya que esto no libra de la cárcel a quien se defienda, si comete un delito en perjuicio del supuesto delincuente, sin embargo la pena se reduce a una cuarta parte de la aplicada por lesiones o delito doloso; la pena mínima por homicidio simple son ocho años, por lo que se limitaría a dos años de prisión. “Se le procesará por homicidio o lesiones, pero con el beneficio de cómo defendido, sólo purgará una cuarta parte de la pena”, apuntó el litigante.
Condenó que si bien la iniciativa propuesta para este reforma, fue justificada por el diputado promovente, Gustavo Báez, con la intención de minimizar los riesgos de linchamiento, se promueven movimientos sociales tendientes a que la ciudadanía se defienda; se disminuye la exigencia a las corporaciones encargadas de actuar en contra de la delincuencia, pues con la actuación real y oportuna de las instancias policiales, se evitaría la intención de los ciudadanos de hacer justicia por propia mano.
Recalcó que el ciudadano no tiene porque enfrentarse contra agresor, para defender su seguridad social, patrimonial y familiar, porque para eso están las secretarías de seguridad pública, “es decir que como no confiamos en que los policías hacen su trabajo, se da el beneficio al ciudadano para que se defienda como pueda, con puños, navajas, con pistolas, porque la autoridad no puede dar esa seguridad”, lamentó.
Con la Ley de Legítima Defensa prácticamente se hace una invitación al ciudadano a que actúe de una forma violenta y agresiva ante cualquier provocación, a decirle que no se deje ante nada que lo pueda poner en riesgo o peligro, “más que evitar linchamientos, estos casos de muerte por legítima defensa, invitan a que se parte la madre a cuanto canijo se quiera meter a su casa; la persona realmente está cometiendo un homicidio por el cual va a parar en la cárcel”, enfatizó Esparza Hernández.