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lunes, diciembre 22, 2025

PRI deberá informar sobre presupuesto global y gastado en campaña de Alfredo del Mazo

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  • Comité Directivo Estatal tiene la obligación de entregar los informes de gasto ordinario, precampaña y campaña
  • Los partidos políticos tienen la obligación de rendir cuentas y deben informar y explicar, de manera clara y transparente, los montos, uso y destino de los recursos que ejercieron

 

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) deberá buscar y dar a conocer la estructura jerárquica, montos y percepciones de los integrantes del equipo de campaña de Alfredo del Mazo, candidato a la gubernatura del Estado de México, así como el presupuesto global y ejercido en dicha campaña, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, indicó que transparentar la información relativa al financiamiento, uso y destino de los recursos públicos utilizados en los comicios es de relevancia, toda vez que forma parte del reclamo social por resultados electorales oportunos, ciertos y confiables.

“La trascendencia de conocer la información de los procesos electorales estriba, en que, a través de estos, es posible conocer el grado de avance que ha alcanzado el sistema democrático y, a la vez, permite combatir la corrupción, promover la rendición de cuentas y restaurar la confianza ciudadana”, señaló Kurczyn Villalobos, quien recordó que los partidos políticos tienen la obligación de rendir cuentas y deben informar y explicar, de manera clara y transparente, los montos, uso y destino de los recursos que ejercieron, ya que son instituciones de interés público y tienen, en otros fines, promover la participación ciudadana en la vida democrática, “y por lo tanto tienen un compromiso ineludible con la transparencia y la rendición de cuentas”.

“La transparencia, la participación ciudadana y la democracia no pueden verse de manera aislada, hay una indisoluble vinculación entre estos factores. La ausencia de uno de ellos o su deformación, traería el quebrantamiento de lo que puede entenderse como un sistema democrático”, sostuvo la comisionada del INAI.

En respuesta a la particular que solicitó la información, el sujeto obligado se declaró incompetente para conocer de ella y le sugirió recurrir al Comité Directivo Estatal del PRI en el Estado de México. Inconforme, la particular presentó recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, el partido político reiteró su incompetencia.

En el análisis del caso, la ponencia de la comisionada Kurczyn Villalobos, señaló que, después de revisar el contenido de los estatutos del PRI, se advierte que, éste sí es competente para conocer de lo requerido, toda vez que, a través de su Comité Ejecutivo Nacional, su Secretaría de Finanzas y Administración y su Secretaría de Acción Electoral, conoce de la materia de la solicitud.

Se indicó que el PRI en el Estado de México, a través de su Comité Directivo Estatal, tiene a su cargo la representación y dirección política del sujeto obligado en esa entidad, además de que tiene la obligación de entregar al Comité Ejecutivo Nacional los informes de gasto ordinario, precampaña y campaña, acompañados de la documentación soporte, aunado al hecho de que la solicitud de la particular radica en conocer diversa información referente a la campaña de un candidato a la gubernatura de dicha entidad.

Sin embargo, se apuntó, aun y cuando existe competencia concurrente por parte del PRI y el PRI en el Estado de México, para conocer de lo requerido, eso no exime al sujeto obligado de realizar una búsqueda exhaustiva de la información, por lo que resultó fundado el agravio de la particular.

A propuesta de la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, el Pleno del INAI por unanimidad revocó la respuesta del PRI y le instruyó a realizar una búsqueda de la información requerida en su Comité Ejecutivo Nacional, su Secretaría de Finanzas y Administración y en su Secretaría de Acción Electoral, y una vez localizada, la entregue a la particular.

 

Con información del INAI

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