Opiniones personales, democracia representativa y el espíritu de las leyes / Disenso - LJA Aguascalientes
22/11/2024

La semana pasada resurgió en redes locales el tema las uniones civiles entre personas del mismo sexo ¿la razón? El diputado local, titular de la comisión de derechos humanos, Guillermo Gutiérrez Ruíz Esparza, declaró: “A título personal no estoy a favor de las uniones civiles entre personas del mismo sexo”; aclaró además que él no era parte de la comunidad homosexual y que era un representante de una ideología, de un partido político y de las 60 mil personas que habitan el distrito donde fue elegido.

Pondero que deberíamos de discutir, no acerca de las uniones civiles -ojalá no tuviéramos que hacerlo- si no, en general, de lo que entendemos por democracia y justicia, pues la respuesta del diputado (que por cierto no es nueva, otras y otros personajes políticos han usado la misma fórmula) habla claramente de que hace falta replantearnos un par de conceptos al respecto.

Primero: aunque no creo que deberíamos discutir más sobre el derecho universal a las uniones civiles -ni de ningún otro derecho civil y humano-, nuestra Suprema Corte ha resuelto que no se le puede negar la unión a dos personas en uso de su libertad y racionalidad por motivos de orientación sexual a celebrar un contrato jurídico que les ampara en ese convenio civil que históricamente hemos llamado “matrimonio”. Parece evidente, a la luz de la razón que no podemos sostener a ciudadanas y ciudadanos de primera y de segunda categoría en nuestra sociedad: todas las razones que puedan aducirse, desde las meramente leguleyas (como una definición constitucional), pasando por las técnicas (razones biológicas, sociológicas, filosóficas) terminan cayendo pronto en una pendiente resbaladiza: la prohibición ex profesa a un grupo específico de ciudadanas y ciudadanos para no participar plenamente de los contratos civiles que garantiza nuestro estado. Esto, visto en cualquier otro terreno: laboral, mercantil, de servicios, nos parecería simplemente absurdo: que se impida una celebración de contrato específicamente a alguien por lo que hace en su vida privada. La normalización que hemos hecho de ese tópico producto de nuestra tradición moral, no justifica de ninguna manera la anomalía. Que por siglos nos hayamos acostumbrado a una cosa no significa que esa cosa esté bien: tarde o temprano, por más acostumbrados que estuviéramos, los humanos hemos aceptado (hasta da penita decirlo) a las mujeres en las universidades, a los negros como pares en el trabajo, a los judíos como iguales, a los indígenas como homólogos en humanidad. La historia les ha dado la razón a todos los movimientos incluyentes, porque hubo un momento en donde sencillamente aceptamos que no había ningún argumento serio -de evidencia observable, corregible y de compromiso fisicalista- para sostener tal atrocidad.

Si alguien de los amables lectores supone que tiene un argumento serio (que no sea un capricho colectivo) para desdeñar la igualdad civil, ofrezco mi columna para tal exposición. Evidentemente estoy abierto al disenso si está respaldado con honestidad intelectual.

Segundo: la fórmula “a título personal no estoy de acuerdo”, es digna de analizarse, toda vez que no es la primera vez que la escuchamos en la clase política. ¿Qué quiere decir esto? Una frase de ese tipo tiene sentido sólo ante contenidos que supongan un gusto, una preferencia. En el caso concreto alguien perfectamente puede decir “yo no estoy de acuerdo con unirme civilmente con tal o cual persona, o sencillamente no estoy de acuerdo en casarme”. Puesto así seguramente resulta curiosa la frase, porque nadie con cierta cabalidad confunde un derecho con una obligación: “Yo en lo personal no estoy de acuerdo con contratar empleados para mi negocio” no implica, de ninguna manera que el tema de contratar empleados para un negocio pueda, de forma alguna, ponerse a discusión. La frase seguramente no busca ese camino. Por otro lado, decir que algo no nos gusta es irrelevante para las políticas públicas, porque no se legisla desde el gusto personal. Una posibilidad más es que lo que quieran decir es que entienden que la ley marca una cosa, pero están en desacuerdo. Esta forma es también grave, porque como servidores públicos, entenderíamos que la ley debe tender hacia lo justo siempre y de no ser así, merece corrección hacia aquello que sea de suyo más justo cada vez. Decir “no estoy de acuerdo con esta ley”: sé que es justa, pero no estoy de acuerdo con lo justo es una contradicción intelectual o, en todo caso, una confesión de franco cinismo. Usada como atenuante de “la ley es correcta pero no me gusta” es triste. Usada como advertencia “intentaré cambiarla a como personalmente creo que debería de ser, aunque eso no vaya en favor del bienestar social”, abusiva. Y en el camino de lo epistémico “sé que dos más dos son cuatro, pero yo no estoy de acuerdo”, absurda. Queda la posibilidad de que alguien demuestre que es, de hecho, más justo que cierta parte de la ciudadanía no tenga derecho a participar en plenitud de la vida civil. De nuevo, ofrezco este espacio para quien quiera ensayar al respecto.

Tercero: argüir que habrá que ver qué es lo que quieren los representados es absolutamente peligroso, no sólo porque se malentiende la democracia sino porque da pie a pensar que, si un distrito vota por un representante que sistemáticamente busque la injusticia, éste debe hacerlo así. Es claro que cuando un candidato o candidata comienzan su camino hacia el espacio de representación popular lo hacen partiendo de buscar capturar siempre el espíritu de la ley, esto es: justicia para todas y todos. De no ser así podríamos aceptar que cualquier proyecto legitimado por una mayoría fuera correcto por sí mismo. Ello sería como justificar que lo que haya hecho cualquier mandatario, por más atroz que sea, si fue elegido -o apoyado- popularmente, era lo que debía hacer.

Cuarto: pensar en la democracia como un asunto meramente de mayorías, sin más, es una visión reduccionista de nuestra representatividad. De ser así, podríamos avanzar al escenario de plebiscitos constantes para todas las decisiones. No necesitaríamos representantes sino una estructura relativamente barata de voto electrónico. Nuestra democracia es mucho más sofisticada que eso: espera tener representantes que, dedicados a tiempo completo a ello, con salarios que permiten la concentración en la tarea, con mejores perfiles y mayor conocimiento que el resto de la población sobre la política, tomen decisiones que beneficien idealmente a todos, en el mejor de los escenarios a la mayoría, no por capricho o clamor popular, sino basados en la justicia y el bienestar colectivo. Como apéndice a esta idea, sobre el particular, he dicho una y otra vez, para evitar la falacia del “legislar el matrimonio igualitario es legislar para la minoría”, que, de hecho, permitir uniones civiles para cualquier ciudadano o ciudadana que lo desee, es ejemplo claro en donde, de hecho, la TOTALIDAD de la ciudadanía accede al beneficio.

Para finalizar: las cuestiones de derechos humanos y civiles no pueden estar a discusión en el sentido de que se dispute si se aplican o no universalmente; las discusiones son para ver cómo mejoramos y garantizamos esos derechos, no para ver si se conceden o no. Confundir un tema de moral con derechos humanos es despropósito. Otros temas que de suyo pertenecen al ámbito de lo moral pueden estar a discusión de otra forma y con otros argumentos: despenalización del aborto, violencia o sexo explícito en los contenidos mediáticos, despenalización universal de drogas, son un buen ejemplo donde a la parte conservadora le toca sin duda, siempre desde un compromiso racional de argumentación, decir cómo podrían hacerse o no las cosas y discutirlo. No están en ese campo, repito, los derechos humanos. Porque el espíritu mismo de las leyes universales así lo marcan. Creo también que puede hacer un páramo de discusión válida sobre asuntos menores relacionados con el irrestricto derecho: por ejemplo considero una discusión interesante -aunque de grado menor en importancia- si deberían llamarse o no “matrimonios”, creo que podríamos discutir si esa palabra, con evidente carga religiosa podría abandonarse del terreno laico y garantizar que las descripciones de ese contrato civil se sujeten siempre al genérico “uniones civiles” que captura lo que verdaderamente hay detrás.
/aguascalientesplural



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1 thought on “Opiniones personales, democracia representativa y el espíritu de las leyes / Disenso

  1. Congratulaciones.
    Muy buen tema.
    Todos tenemos los mismos derechos, nos vemos guste o no.
    En países de primer mundo, hay un dicho que expresa; “vive con tu vida y permite que los demás vivan la suya”
    Sin violentar los derechos humanos y de los terceros.

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