- El Ministerio Público puede acusarla de intento de homicidio, pero…
- Hay indicios que hablan de una defensa propia, la de ella y la de sus hijos
Integrantes de la Colectiva Feminista se manifestaron a las afueras de la Policía Ministerial, para protestar por la aprehensión y demandar inmediata libertad de Rita Graciela Carrera Sosol, detenida por apuñalar a su pareja.
En un comunicado previo, las demandantes, conscientes del mal manejo informativo de estos delicados temas, pidieron a los medios que “reconsideren las formas de expresión ante la información que se les es facilitada, ya que, el lenguaje sexista, así como los contenidos que inciten al morbo y a la violencia a las mujeres, es parte de la violencia tanto simbólica como de género”.
Los hechos, según consignaran oportunamente dos medios (no sabemos cómo esté integrada la averiguación previa, ni conocemos peritajes de Servicios Periciales, ni de laboratorio para conocer niveles de toxicidad de las partes), ocurrieron el jueves 6 de este mes, cuando la pareja mantenía relaciones sexuales.
Se supo que Primitivo Rodríguez Alférez, de 46 años, desempleado, tenía tres días en el alcoholismo y que su pareja, Rita Graciela, de 43 años, buscaba ayuda económica en el programa Oportunidades, para sostener a sus hijos.
Durante el momento íntimo, más bien obligado por la presión del varón, surgió la discusión generada por los celos, y Primitivo intentó estrangular a su pareja; ésta, con las fuerzas que sólo proporciona la desesperación, se zafó y logró alcanzar un arma blanca con la que, muy probablemente pensando en su seguridad y la de sus hijos, tiró dos golpes a su marido, hiriéndolo, aunque no de gravedad y mucho menos mortalmente.
Un de los reportes periodísticos relata a un herido “bañado en su propia sangre”, sin considerar que las heridas de arma punzocortante no sangran profusamente, sino apenas para localizarlas a simple vista.
Primitivo fue atendido en el Hospital Hidalgo y Rita, enviada al Ministerio Público, donde la Colectiva Feminista espera que el representante social conozca bien de leyes –porque hay casos en que eso no ocurre– y que haga valer las fracciones IV y V del Artículo 15 del Código Penal Federal, a la luz de los cuales, el delito se excluye cuando:
V. Se repela una agresión real, actual o inminente, y sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende.
Se presumirá como defensa legítima –puntualiza esta ley–, salvo prueba en contrario, el hecho de causar daño a quien por cualquier medio trate de penetrar, sin derecho, al hogar del agente, al de su familia, a sus dependencias, o a los de cualquier persona que tenga la obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la misma obligación; o bien, lo encuentre en alguno de aquellos lugares en circunstancias tales que revelen la probabilidad de una agresión. Y:
V. Se obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado dolosamente por el agente, lesionando otro bien de menor o igual valor que el salvaguardado, siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y el agente no tuviere el deber jurídico de afrontarlo.
Estos supuestos, con el apoyo de peritajes en sociología y sicología, que indaguen sobre el modus vivendi de la familia en cuestión, y el momento por el que atravesaban sus miembros, deberán ser inobjetablemente probados, si se manifiesta la voluntad jurídica y política de la autoridad encargada de la impartición de justicia.
Ayer domingo, las integrantes de la Colectiva Feminista se manifestaron a las afueras de las instalaciones de la Policía Ministerial, donde aún permanece Rita Graciela. Hoy lunes, en que se cumplen las 72 horas de arraigo que marca la ley, deberá dictaminarse su situación jurídica. La pregunta sería, ¿con qué elementos fundamentaría el Ministerio Público un presunto intento de homicidio?
Reiteró la citada colectiva: “sabemos que actuar en defensa propia no es ningún delito, y que las heridas que presenta el agresor Primitivo Rodríguez Alférez, fueron sin dolo y sin premeditación alguna”.
Remataron: “ante la actual situación de violencia hacia las mujeres, misma que se ha tratado de invisibilizar por parte de las autoridades, hoy evidenciamos no sólo la falta de protección y la ausencia de acompañamiento para los procesos de denuncia hacia los agresores, además la indefensión en que nos sitúan por la falta de equidad en los procesos penales, ya que una mujer que defiende su vida es llevada tras las rejas como delincuente”.
En sendas cartulinas que pegaron a los muros del inmueble de la Ministerial, exigen liberación inmediata de Rita Graciela Carrera Sosol, proceso penal contra Primitivo Rodríguez por intento de homicidio y agresiones dolosas y acceso a una vida sin violencia.
Las demandantes continuarán con sus protestas porque están convencidas, como Virginia Wolf, de que “no hay barrera, ni cerradura, ni cerrojo, que puedan imponer a la libertad de mi mente”. Y nosotros en el periodismo que practicamos, sabemos que “la injusticia en cualquier parte, es una amenaza para la justicia en todas partes” (Martin Luther King).