- La asesora del TEPJF dijo que es fundamental que cuando las funcionarias vean obstaculizado el desempeño de sus actividades lo denuncien ante las instancias correspondientes
- Falta que la violencia política quede tipificada en el listado de los delitos electorales
Teresa Hevia Rocha, asesora del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aseguró que la protección de los derechos político-electorales de las mujeres no termina el día de la elección ni con la calificación de ésta, sino que se extiende a garantizar el pleno respeto al ejercicio del cargo que desempeñan.
Por ello, es fundamental que cuando las funcionarias vean obstaculizado el desempeño de sus actividades lo denuncien ante las instancias correspondientes, a fin de evitar que se vean vulnerados sus derechos: “El Tribunal Electoral y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) han insistido en que los derechos político-electorales no terminan el día de la elección o el día en que se califica la elección, sino que el ejercicio del cargo está protegido por nuestros órganos y entonces las mujeres tienen la posibilidad de acceder a la justicia, cuando desde el ejercicio del cargo se ven obstaculizadas”.
En este sentido, Hevia Rocha sostuvo que se tiene que hacer una tarea muy fuerte con respecto a la cultura de la denuncia, sobretodo porque las mujeres deben entender que la violencia no es normal, no es algo con lo que tengan que convivir y no es un costo que tengan que pagar para alcanzar su desarrollo político.
La asesora recordó que ya se han presentado acciones muy comprometidas por parte de la Sala Superior y de las Salas Regionales del TEPJF, del Instituto Nacional Electoral (INE), de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), entre otras instituciones para ponerle un freno al problema de la violencia política: “Pero todavía hay necesidad de que se generalice desde los órganos electorales esta obligación de tutelar los derechos de las mujeres que incluyen el no tener que estar lidiando con una violencia adicional hacia ellas. Entonces las mujeres deben tener claro que ese no es el costo, que ellas no tienen por qué pagar un costo adicional por el hecho de querer participar en los asuntos públicos”.
De esta manera, agregó, mientras las autoridades electorales entienden muy bien cuál es su papel y cómo pueden hacerle frente a esta problemática, por otro lado, las mujeres deben acudir a estas instancias para presentar denuncias, quejas, impugnaciones y hacerse rodear de redes de mujeres defensoras de los derechos político-electorales.
Sigue pendiente la tipificación de la violencia política de género
Durante la entrevista con la periodista Guadalupe Juárez, Hevia Rocha subrayó que uno de los aspectos pendientes en la normatividad es tipificar la violencia política de género dentro del listado de los delitos electorales.
“La violencia no es nada más la que se expresa a través de los golpes o de un daño físico, aunque ya está tipificada la violencia sicológica, la violencia sexual, la violencia económica, la patrimonial. Ahora esperamos que la violencia política quede tipificada dentro de las modalidades de violencia y que además esté en las leyes que tienen que ver con el listado de delitos electorales, las de medios de impugnación, el Código Civil; porque en algunos casos la violencia tiene que tipificarse como un delito, con una sanción específica”.
La funcionaria del TEPJF destacó que la mayor presencia de las mujeres en los espacios públicos ha dado como resultado un incremento de la violencia contra ellas, por eso es muy importante que las mujeres denuncien, lo que es complicado, porque incluso las mujeres desde los partidos políticos si se inconforman pueden ser penalizadas internamente: “Después nadie las llama para los siguientes puestos o para las siguientes elecciones. Esa es una de las restricciones, pero es muy importante que la ciudadanía, las mujeres militantes, las mujeres que aspiran a un cargo público o que detentan ya un cargo público sepan que existen estas herramientas de protección”.
Con información del TEPJF