A través de un comunicado de prensa, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos confirmó el criterio de la CEDHA de no proceder con la queja de Luis Armando Reynoso Femat y canalizarlo al Poder Judicial por tratarse de un asunto jurisdiccional.
Lo anterior fue notificado a esta Comisión el 7 de octubre de 2016, con el oficio V5/66246 firmado por Edgar Corzo Sosa, quinto visitador.
Reynoso Femat señaló como agravio que los actos presuntamente violatorios de sus derechos humanos vulneraron su derecho a la presunción de inocencia, y que la CEDHA era competente para conocer los mismos; sin embargo, la Comisión Nacional confirmó vía este documento que las diligencias corresponden al Poder Judicial del Estado de Aguascalientes (PJEA) en su función de administrador de justicia, contrario al recurso interpuesto.
Así, los actos desplegados por el personal del Juzgado Primero de lo Penal del Estado de Aguascalientes e inclusive los ejecutados por el agente del Ministerio Público involucrados en el caso, son materialmente jurisdiccionales por lo que no es competencia de esta Comisión.