- Amonestación por rebasar los límites permitidos en el ejercicio de la libertad de expresión
- El PAN no se limitó a criticar o debatir temas de interés público, vinculó a la candidata con la realización de supuestos hechos ilícitos no probados como ciertos
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó al Partido Acción Nacional (PAN) con una amonestación pública, por la difusión del promocional denominado “No cumplió V2”, al determinar que existió calumnia en contra de Lorena Martínez Rodríguez candidata a la gubernatura por la coalición Aguascalientes grande y para todos, ya que dicho spot contiene señalamientos e imputaciones que denotan una relación directa entre la supuesta falta de transparencia en sus declaraciones patrimoniales y el pretendido ocultamiento atribuido a dicha candidata, derivado del incremento de su patrimonio con recursos no declarados, por lo que se le imputa enriquecimiento ilícito.
El Pleno determinó el uso indebido de la pauta por violencia política en contra de Martínez Rodríguez porque el promocional contiene expresiones que afectan su derecho de igualdad y no discriminación, ya que se incluyen frases tales como: “Ella no merece gobernar Aguascalientes”, lo que plantea que no tiene los méritos para gobernar o desempeñar un cargo público, toda vez que en la forma en que es emitida auditiva y visualmente, y en el contexto fáctico de desigualdad en el que participan las mujeres, provoca que la difusión de los materiales afecte de manera discriminatoria.
Los magistrados de la Sala Especializada del TEPJF consideraron que se rebasaron los límites permitidos en el ejercicio de la libertad de expresión, pues no se limitó a criticar o debatir temas de interés público relacionados con el PRI y su candidata o su desempeño como servidora pública, sino que además se le vinculó con la realización de supuestos hechos ilícitos no probados como ciertos.