Expulsa Migración de Aguascalientes a 119 extranjeros - LJA Aguascalientes
23/11/2024

 

  • Personas procedentes de El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia no pudieron acreditar su estancia legal
  • De los expulsados, 34 menores de edad fueron trasladados con asistencia

 

En el primer trimestre del año, 137 extranjeros han sido puestos a disposición de la delegación del Instituto Nacional de Migración (INM) en Aguascalientes, originarios en su totalidad, del centro y sur del continente americano.

De estos, 119 fueron retornados a sus países de procedencia por no haber podido acreditar su legal estancia en territorio mexicano; se trató de 21 personas provenientes de El Salvador, 37 de Guatemala, 48 de Honduras y 13 de Colombia, de acuerdo con el último informe de la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación (Segob), con base en información registrada en estaciones migratorias, oficinas centrales y locales del INM.

La Ley de Migración contempla los mecanismos de deportación y retorno asistido para hacer abandonar del país a los foráneos en situación irregular. En total fueron trece personas devueltas a sus lugares por medio de la deportación, en tanto que 72 solicitaron el beneficio del retorno asistido -59 hombres y 13 mujeres- que se concede siempre y cuando no exista restricción legal emitida por una autoridad competente para que abandonen el país.

Cabe mencionar que de los 119 inmigrantes expulsados de la entidad de enero a marzo, 34 eran menores de 18 años, por lo que fueron trasladados con asistencia.

En los tres primeros meses de 2016, han sido repatriados 31 mil 650 extranjeros, por no contar con los documentos que acrediten las razones de su estancia en México, por cometer algún ilícito o haber incurrido en conductas que intervengan los asuntos políticos del país. El 18.8 por ciento de los retornados han sido menores de edad (cinco mil 979).

Según la Ley de Migración el procedimiento de deportación se ordena cuando un extranjero presentado se ha internado al país sin la documentación requerida o por un lugar no autorizado para el tránsito internacional de personas; que una vez deportado se interne nuevamente al territorio nacional sin haber obtenido el acuerdo de readmisión, aún obtenido una condición de estancia, se ostente como mexicano ante el INM sin serlo; estar sujeto a proceso penal o haya sido condenado por delito grave conforme a las leyes nacionales.

Los agentes del INM son competentes para verificar los documentos y la situación migratoria de los foráneos que se encuentran en el territorio nacional. Sin embargo no pueden realizar visitas de verificación migratoria en los lugares donde se encuentren migrantes albergados por organizaciones de la sociedad civil o personas que realicen actos humanitarios, de asistencia o de protección.


Las personas con estancia irregular son alojados por un plazo máximo de 90 días en los que la dependencia debe respetar sus derechos humanos, como recibir protección de su representación consular, avisar a sus familiares o persona de su confianza, contar con traductores o intérpretes, recibir información acerca de la posibilidad de permanecer en el país de manera regular, entre otros.


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Hilda Hermosillo

Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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