Consideran Comisión Nacional de los Salarios Mínimos superflua - LJA Aguascalientes
15/11/2024

  • No ha cumplido el objetivo para el que fue creada la comisión: Angélica De la Peña
  • Senadora perredista presentará iniciativa para suprimir el organismo

 

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) es una institución que nunca cumplió el objetivo para el que fue creada y que a partir de la reforma constitucional que desindexa el salario mínimo está desfasada, sin razón para continuar demandando recursos públicos y, por tanto, debe desaparecer, afirmó la senadora Angélica de la Peña.

Resaltó que la Conasami en los hechos únicamente ha servido para convalidar la anticonstitucional pérdida de poder adquisitivo de la clase trabajadora que se decreta año con año por el Ejecutivo federal con los exiguos aumentos al salario mínimo: “recordemos que en 2016 el Consejo de Representantes de la Conasami acordaron otorgar un pírrico aumento del 4.2% al salario mínimo para el 2016, es decir, el nuevo salario mínimo que rige a partir del primero de enero de 2016 es de 73.04 pesos diarios”.

Irónicamente, indicó la legisladora del PRD, los pírricos aumentos que ha autorizado esta comisión contrastan con los ingresos que perciben sus integrantes, que llegan a ser de 121 mil 63 pesos mensuales: “eso es lo que gana, neto y al mes, el presidente de la Conasami, Basilio González Núñez, quien ha ocupado ese cargo durante los últimos 20 años”.

A los exorbitantes salarios de los omisionados deben agregarse las siguientes prestaciones:

  1. a) Seguro institucional de 40 meses de percepciones ordinarias.
  2. b) Colectivo de retiro de 12 mil a 25 mil pesos.
  3. c) Gastos médicos con suma básica de 259 salarios mínimos vigentes en el DF.
  4. d) Prima Vacacional con 50 por ciento de 10 días de sueldo base por dos periodos vacacionales.
  5. e) Gratificación de 40 días de sueldo base a fin de año.
  6. f) Hasta cuatro meses de percepción ordinaria mensual por defunción.
  7. g) 77 pesos por ayuda para despensa.
  8. h) De 100 a 225 pesos mensuales acumulados cada quinquenio.
  9. i) Issste con aportación patronal del 13.45% sobre el sueldo base de cotización.
  10. j) Fovissste con aportación patronal del 5% sobre el sueldo base de cotización.
  11. k) SAR con aportación patronal del 2% sobre el sueldo base de cotización.
  12. l) Mil 385 pesos mensuales de telefonía celular.

Por lo anterior, Angélica de la Peña habrá de presentar una iniciativa para derogar el tercer párrafo de la fracción VI del artículo 123 de la Constitución Política a fin de suprimir la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.

 


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